HC361 - horticultura

77 POSTCOSECHA La Regulación 1107/2009 ha introducido también nuevas medidas tendentes a simplificar el proceso de autorización de pesticidas. La intención es acelerar la toma de decisiones y asegurar un nivel de actuación en la zona en términos de disponibilidad de pesticidas. Pretende evitar la duplicidad innecesaria del trabajo y así ahorrar costes de registro a la industria. Adicionalmente la nueva Regulación (EC) Nº 110772009 introduce provisiones concernientes a la “sustitución”. Como resultado de todo lo anterior, el 27 de enero de 2015 fue presentada para su votación en la reunión del Comité Plantas, Animales, Alimentos y Piensos (PAFF Committee) la “Lista de sustancias identificadas como ‘Candidatas para Sustitución (CfS)”. Esta lista: a) Identifica sustancias activas con determinadas propiedades plaguicidas. b) Condiciona a los Estados Miembro a evaluar si estos PPPs pueden ser reemplazados (sustituidos) por otros. En el Reglamento de Ejecución 2015/408 de la Comisión se establece esta amplia lista de sustancias candidatas a la sustitución, entre las que se incluyen materias activas de uso habitual en la agricultura como el Pirimicarb, el Tebuconazol, el Glufosinato, etc. Esta lista de materias activas ha sido elaborada conforme a lo estipulado en el artículo 24 del Reglamento (CE) nº 1107/2009 si cumplen al menos uno de los criterios establecidos en el punto 4 del anexo II del mismo reglamento. Recientemente (22 febrero, 2019) se ha publicado la “Lista comunitaria de sustancias activas aprobadas, excluidas Fotografía 1. Figura 1. Identificación de las materias activas comunes en varios cultivos, su impacto económico y medioambiental.

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