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78 con facilitar los envíos dentro de la Unión Europea (UE) y también los que luchan contra los traslados ilegales. Sin embargo, estamos completamente en contra de aquellos otros que incluyen requisitos que restringen las exportaciones fuera de la zona euro de materias primas recicladas, clasificadas como residuos según la legislación de la UE, que no plantean ningún problema medioambiental. Paradójicamente, frente a todos estos artículos que pretenden restringir la exportación de material reciclado, el comercio de materias primas vírgenes extraídas en países fuera de la UE que luego son importadas opera sin restricciones bajo la legislación europea, a pesar de su enorme impacto ambiental y climático y, a menudo, de los impactos nocivos en las comunidades locales y la salud humana que provoca su extracción en esos países. Todo ello sin mencionar las funestas consecuencias que supone la excesiva dependencia de la importación de materias primas vírgenes, algo que ha quedado patente con los cuellos de botella que se formaron en los mercados de abastecimiento de materias primas tras la pandemia del coronavirus o las que estamos padeciendo tras la invasión rusa de Ucrania. A FAVOR Y EN CONTRA Entrando de lleno en la publicación del texto de posición del Parlamento, las alegaciones planteadas por la industria del reciclaje han conseguido que se omitan una serie de enmiendas muy peligrosas que, por ejemplo, equiparaban las condiciones de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con los países no OCDE para la exportación de todos los residuos. También valoramosmuy positivamente que, tal y como solicitábamos, para las garantías financieras obligatorias en los traslados bajo notificación previa se establece que la Comisión Europea, en el plazo de tres años, tiene que diseñar un método simple, basado en el riesgo y armonizado en la UE, para el cálculo de esas fianzas. De igual modo, consideramos justo que las notificaciones generales se extiendan de uno a dos años. Y estamos de acuerdo en que se añadan a la lista verde las mezclas de B1010 y B2020, y B3011, B3040 yB1010, limitados a residuos de ventanas y marcos de las puertas. Sin embargo, otros aspectos que incorpora el texto son lesivos para el sector recuperador como, por ejemplo, el que prohíbe la exportación de plásticos a países no OCDE y, a los cuatro años de la entrada en vigor, también a países OCDE. Además, volvemos a incidir en la necesidaddepotenciar losmercados dentrode Europa antes de imponer restricciones, tales comomarcar objetivos obligatorios de utilización de plástico reciclado en la fabricación de nuevos productos en un plazo de dos años desde la entrada en vigor del Reglamento. Tampoco estamos de acuerdo en implantar más controles a las exportaciones de residuos a países de la OCDE, cuando ya hay una norma que es la base para los traslados entre los países que forman parte de la OCDE. Y, no olvidemos, que los países que forman parte de la OCDE son los países más desarrollados del mundo. Además, otro punto negativo es que, para exportaciones fuera de la UE, la posición del Parlamento Europeo defiende que deberían realizarse auditorías en las instalaciones de destino con más frecuencia, cada dos años, para poder exportar los residuos a la instalación en cuestión. S.O.S. DEL SECTOR Ante el desolador panorama que se le presenta al sector recuperador si el Consejo Europeo se alinea con los postulados de la Comisión y el Parlamento, volvemos a evidenciar que antes de aplicar estas restricciones o prohibiciones a las exportaciones es necesario y urgente cumplir unos requisitos previos, equivalentes en el lenguaje del común de los mortales a no empezar la casa por el tejado, tales como: • Distinguir dentro de los “residuos de la lista verde” los flujos que son considerados problemáticos por la Comisión de cara a las exportaciones a países fuera de la OCDE, tales como mezclas de plásticos, basura, etcétera, que es donde realmente se deberían centrar sus esfuerzos. • Permitir que las materias primas procedentes del reciclaje, que no representen ninguna amenaza para el medio ambiente y cumplan con las especificaciones yestándaresdecalidad, se puedan trasladar fuera de la UE. Los principales representantes de la industria del reciclaje volvemos a advertir de que la restricción del acceso a los mercados internacionales para las materias primas procedentes del reciclaje tendrá consecuencias muy negativas para las empresas recuperadoras y obstaculizará la transición hacia una economía circular y climáticamente neutra en Europa

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