Ascensores y Montacargas 81

ASOCIAciones FEPYMA por la policía de tráfico o guardia civil. En los ascensores, el mantenimiento es obligatorio y están muy regulados los plazos de las revisiones a efectuar por la empresa conservadora, en función del tipo de ascensor y del edificio en que está instalado, no así las operaciones y controles a efectuar. Un servicio de mantenimiento más regulado La liberalización del mercado y la nueva reglamentación del sector han llevado a convertir las revisiones de conservación en un acto semiadministrativo, vaciándolo del contenido técnico necesario. Ello es debido, en parte, a que las directivas establecen que esas revisiones deben realizarse de acuerdo a las instrucciones del fabricante, figura que ha desaparecido en el 50% de los ascensores instalados. En lo que respecta a las inspecciones perioìdicas reglamentarias, aunque también las directivas señalan que se efectúen conforme a las instrucciones del fabricante, están no obstante reguladas por normas armonizadas muy concretas y exhaustivas. La más significante diferencia entre el automóvil y el ascensor estriba en el oìrgano de control, guardia civil o servicios administrativos de industria. Si es cierto que todo ello no ha provocado, de momento, un aumento del índice de siniestros, lo que podriìa promover un nuevo planteamiento general. Resumiendo, las grandes diferencias entre ambos vehículos son: l El ascensor despueìs de ser fabricado tiene que ser instalado o montado de forma individual y, en muchos casos, por una empresa distinta al fabricante. l El recorrido del ascensor es sumamente más limitado y fijo. l El automóvil se desplaza a los centros de mantenimiento y de control (ITV). El ascensor está fijo y obliga a lo contrario. l El automóvil es de titularidad y usuario responsable individual. l El parque de automóviles y el número de ellos fabricados anualmente es treinta veces superior al correspondiente de ascensores. l La siniestralidad es 100 veces mayor en el automóvil en valores absolutos, pero solamente el triple en valores relativos. l El parque de ascensores es de mayor antiguedad y de más variada procedencia. l El control ejercido por la guardia civil no tiene comparativa en el ascensor. En definitiva los usuarios de los ascensores requieren, para su protección, una regulación más concreta y eficaz del servicio de mantenimiento. El ascensor y el Automóvil A UNA INTERESANTE COMPARATIVA SOBRE SU SEGURIDAD, REGULACIÓN Y MANTENIMIENTO A CARGO DE ANDRÉS LÓPEZ MORER, ASESOR DE FEPYMA Andrés López Morer, asesor de Fepyma, analiza en el siguiente artículo los riesgos que implican y los requisitos de seguridad que deben cumplir dos medios de transporte a priori tan distintos como los ascensores y los automóviles, omnipresentes en nuestras vidas cotidianas y que, como afirma “ambos transportan personas y en cuantiìa suficiente para que sea de suma importancia la seguridad de sus usuarios». El parque de automóviles en España es de unos 30 millones de unidades mientras que el de ascensores es de un millón. Los trayectos y riesgos no son en absoluto comparables –como tampoco lo son la propiedad y la preparacioìn para su utilización–, pero en ambos casos el riesgo de siniestro se inicia cuando se ponen ambos a disposicioìn del usuario. El automóvil pasa siempre directamente de faìbrica al usuario individual; el ascensor, una vez fabricado, debe ser instalado o montado –en un 30% de los casos no por el propio fabricante– y posteriormente puesto en servicio para un colectivo de usuarios. La fabricación sí puede tener unos paraìmetros similares en cuanto a su tecnología y procedimientos, con la distancia de 30 a 1 de sus cuantiìas o series de producción, ya que intervienen similares facetas técnicas, de ahorro energeìtico y de decoración y confort. Amplia regulación En el caso del ascensor, sus especificaciones y sistemas de control estaìn sumamente especificadas y reguladas por directivas, reglamentos y normas armonizadas, lo que da lugar a un producto en principio muy fiable. La instalación o montaje también está ampliamente regulado y controlado individualmente hasta la puesta en servicio, casi siempre para un colectivo. Donde hay una diferencia sustancial es en el proceso posterior a la matriculación o puesta en marcha, que es cuando se inicia el riesgo de siniestralidad. Empieza la diferencia en la vida útil, que para el automóvil es de quince años y para el ascensor de treinta. La distancia con las nuevas directrices es mucho menor en el automóvil y el parque antiguo o residual es mucho mayor en el caso de los ascensores. El mantenimiento del automóvil ha evolucionado, dejando de ser necesarias las revisiones cada ciertos periodos o kilómetros, para que, de acuerdo a las recomendaciones del fabricante, el propietario individual organice las atenciones teìcnicas de mantenimiento oportunas. Siì hay una reglamentación rigurosa para las inspecciones técnicas del vehículo, ITV, que luego pueden ser controladas exhaustivamente 36 - Ascensores y Montacargas

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