Intercamión

28 SEGUROS SEGURO DEL CAMIÓN Y REMOLQUE Para suscribir un seguro de camión y del semirremolque o remolque, éste deberá contemplar cuatro partes principales, que no podemos pasar por alto; responsabilidad civil, seguro de circulación o terceros, asistencia en viaje, robo e incendio y una cobertura de todo riesgo. En el apartado de responsabilidad civil, seguro de circulación, o terceros, dicho de otro modo, es la parte del seguro obligatoria por ley, complementada con el Seguro Voluntario, que amplía sus capitales y coberturas. Lo deben tener todos los vehículos matriculados, y cubre los daños que causan a terceros durante la circulación. Por su parte, la asistencia en viaje, aunque no es una cobertura obligatoria por ley, sí es una de las coberturas más empleadas por los transportistas en caso de averías y/o accidentes. Robo e incendio y la cobertura de todo riesgo, con o sin franquicia, son extras que si el camión no tiene más de 10 años pueden resultar muy interesante para la empresa de transporte. SEGURO DE MERCANCÍAS Tras el vehículo vienen las mercancías transportadas, un seguro muy necesario cuanto mayor es el valor de la mercancía. Recordemos que según las condiciones establecidas en el Contrato de Transportes Terrestres de Mercancías LCTTM, el transportista se hace responsable, por ley, de las mercancías que transporta. Este seguro cubre solo si la pérdida de la mercancía durante el transporte es responsabilidad del transportista. Si es así, el propietario de esta le puede reclamar unos 6 € por kilo de mercancía perdida (transporte nacional) o 10 €/kg (transporte internacional). Se pueden distinguir tres modalidades. El primero, de condiciones básicas que cubre los daños que pueda sufrir la mercancía solo en algunos tipos de siniestros (accidente del vehículo porteador, incendio, robo a mano armada…). Pueden interesar en casos específicos para mercancías de poco valor, como pueden ser los graneles. El segundo, condiciones amplias españolas, son aquellas coberturas de daños más fuertes y modulables, donde se pueden incluir los riesgos que vayan bien a cada tipo de transporte: generales, cisterna, etc. Por último, todo riesgo, con cláusulas inglesas (ICCA). Son las coberturas más amplias. Cabe destacar que estas coberturas se pueden contratar para un vehículo, para varios o para toda la empresa, por su facturación. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL TRANSPORTISTA Este seguro no es de suscripción obligatoria, aunque muchos de los cargadores ya lo exigen. Cubre los daños que el transportista causa a terceros y que no están cubiertos con el seguro del camión. Son daños producidos por los mecanismos acoplados, caídas de la mercancía, accidente laboral y daños causados por manipulación de maquinaria y herramientas (transpaletas, carretillas, etc.). Es un seguro esencial sobre todo cuando conduce un asalariado. El empresario es responsable del camión y de todo lo que le suceda al conductor en el desarrollo de su trabajo. Además, tiene la ventaja de que suele ser económico y cubrir altos capitales. SEGURO DE DEFENSA JURÍDICA ESPECIALIZADA Aunque el seguro del camión incluye una cobertura de defensa jurídica, esta no cubre numerosas situaciones en las que se puede encontrar un transportista: desacuerdos con su aseguradora y/o contrario, necesidad de nombrar segundo perito, malas reparaciones, evaluación a la baja de daños personales, entre otras. El Seguro de Defensa Jurídica Especializada puede ayudar en estas situaciones. Según el tamaño del negocio se pueden incluir otro tipo de pólizas de seguro como, por ejemplo, accidentes de convenio, daños de instalaciones, baja laboral, salud para colectivos o directivos (D&O), entre otros atendiendo a los riesgos a los que nos exponemos como empresas de transporte y que anteriormente hemos detallado. n

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx