TN237 - Tecnogarden

tecnogarden 25 inversiones y de acciones de mejora de la calidad, necesaria para mantener la competitividad, en un contexto en el que esta mejora es absolutamente prioritaria, dada la inflación de costes y la globalización del mercado comunitario, al que se destina más del 50% de la producción del sector y en el que soporta la fuerte competencia de países terceros. Hay que tener en cuenta que los fondos operativos a los que se accede a través de la presentación de programas operativos que presentan las organizaciones de productores no son ayudas directas, sino que son fondos cofinanciados en un 50% por los propios productores, y con un límite máximo de ayuda financiera comunitaria del 4,6% del valor de la producción comercializada, con carácter general. Se trata, además, de fondos que tienen un fin, deben ser destinados a financiar los programas operativos, que son programas de inversión y mejora de las explotaciones hortofrutícolas. El Real Decreto 855/2022, de 11 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, fue publicado en el miércoles en el BOE y que entró ayer en vigor. La exportación española de frutas y hortalizas en 2021 se situó en 13,4 millones de toneladas por un valor de 15.680 millones de euros, de los que el 97% se destinó a Europa, siendo la UE-27 la principal área de destino con 11,1 millones de toneladas y 12.534 millones de euros, y Reino Unido, donde se vendieron 1,5 millones de toneladas por un valor de 2.104 millones de euros, según datos del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales procesados por FEPEX. La exportación fuera de Europa fue de 439.798 toneladas por un valor de 520 millones de euros. Posición de COAG En el lado opuesto se ha posicionado la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) que ha expresado que este Real Decreto es un paso adelante, aunque insuficiente. COAG ha reclamado históricamente unos mínimos de reconocimiento mucho más elevados para evitar situaciones indeseadas, que desvirtúan el espíritu de la figura de las organizaciones de productores y facilitan el trasvase de ayudas públicas a fondos de inversión especulativos, y para favorecer la concentración real de la oferta. “Esta modificación normativa viene a mejorar la situación y camina en la dirección correcta, pero se queda aún muy corta para corregir un problema enquistado desde hace muchos años y que perjudica a las personas productoras del sector, así como a nuestras empresas de comercialización, que pelean por la agrupación real de la oferta en origen”, ha señalado Andrés Góngora, miembro de la Comisión Ejecutiva de COAG. El MAPA ha aprobado un real decreto que modifica los criterios de reconocimiento de las OPFH, atendiendo a las necesidades detectadas durante la elaboración del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 y las recomendaciones de la Comisión Europea, como al diagnóstico realizado en la elaboración de dicho documento. Las peticiones continuadas realizadas desde COAG también han tenido una influencia decisiva a este respecto. “Si bien el MAPA ha atendido en parte nuestras demandas, algo que es necesario reconocer, llegamos muy tarde y la modificación se han quedado a medias. Las presiones de determinada parte del sector comercial han evitado que se haya sido más ambicioso, lo que se suma al excesivo periodo de adaptación otorgado”, ha añadido Góngora. En concreto, y de manera general, se eleva el mínimo de miembros de 5 a 10 con un valor mínimo de producción comercializable de seis millones de euros (antes tres millones), manteniendo el condicionante de que, a menor número de miembros, mayor exigencia de VPC, así como una serie de excepcionalidades para distintas zonas de producción y sectores. También se ofrece al sector un periodo de adaptación de cuatro años. COAG siempre ha reclamado una apuesta decidida y categórica para elevar los citados mínimos en lo concerniente al número de miembros, no sólo en valor de producción comercializable, para establecer el número mínimo para el reconocimiento de una de estas organizaciones en 20 productores de manera general, con determinadas excepciones para territorios y sectores concretos. Incluso, en determinadas zonas con un elevado número de organizaciones con perfil similar (provincias que cuentan con más de 50 de las mismas producciones), estos criterios deberían endurecerse más, situándose por ejemplo en 40 miembros mínimo, según la COAG.

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