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PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Además, la existencia del estándar NFPA 13R, extiende el alcance de pro- tección a edificios de uso residencial de hasta cuatro alturas. En la actua- lidad, en Europa disponemos de la norma UNE-EN 16925 de enero del 2020, que tiene en cuenta la protec- ción con rociadores de los siguientes tipos de edificios residenciales: Buenas razones por las que instalar rociadores residenciales Miguel Ángel Izquierdo. Comité de Fabricantes de Sistemas de extinción de Tecnifuego, Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios Con este artículo, nuestro objetivo fundamental es sensibilizar a la opinión pública y a las administraciones para que conozcan el riesgo que corremos de pérdida de vidas y bienes en las viviendas de una o dos familias que no estén protegidas contra incendios por rociadores. El estándar de diseño e instalación de consulta para la protección con rociadores de dichos tipos de riesgos es NFPA 13D. TIPOS DEL SISTEMA APLICACIÓN 1 Residencia/casa de una o dos familias Casa prefafricada Alojamiento y desayuno 2 Edifício de apartamentos ª Casa con múltiples instalaciones domésticas compartidas ª ,b Centro asistencial a,c Centro de atención de día para niños o adultos a, c Alojamiento para estudiantes a 3 Centro asistencial ª Pequeños hoteles o albergue ª a Limitado a cuatro plantas o 18 m de altura b Instalaciones compartidas son baños y/o cocinas y salas de estar. c 10 o menos residentes TABLA 1 - TIPOS DEL SISTEMA Y APLICACIONES NOTA: algunos países pueden tener un anexo nacional con orientaciones sobre la altura máxima y cualquier requisito adicional para los edificios de apartamentos de más de 18 m, que son protegidos mediante un sistema resindecial de rociadores. Véase el anexo F con las orientaciones sobre las circunstancias especiales para las aplicaciones de la tabla 1. Como se puede apreciar en la Tabla 1 de la UNE-EN 16925, nuestra norma incluye en un solo documento los tipos de edificios que NFPA 13 D y 13 R tie- nen en cuenta en sus estándares para ser protegidos. Además, dispone (ver Nota a pie de Tabla) de la posibilidad de ampliar esta protección a edificios de apartamentos que superen los 18m de alturamediante un anexo a nacional. A día de hoy, desde CTN 23 SC 5, esta- mos trabajando para que dicho anexo contemple edificios de apartamentos de hasta los 28m de altura, coinci- diendo dicha altura con el alcance medio que actualmente disponen las escaleras de salvamento de las briga- das de bomberos, para la evacuación desde el exterior de los edificios de los ocupantes en peligro. 26

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