Seguridad
60 Recientemente en los últimos años, ha venido ocu- rriendo de forma lamentable, la desaparición de importantes empresas de seguridad en la actividad de vigilancia y protección de bienes con la imagen que a nivel sectorial ello ha representado lo que ha desembocado en una crisis frente a la opinión pública. ¿Entiende que es preciso un cambio de modelo de negocio y de gestión en este tipo de actividad? Aunque todo proyecto empresarial es una aventura y un riesgo, la desaparición de una Empresa, no ya en la activi- dad de vigilancia y protección de bienes, sino en cualquier otra, supone un inmenso dolor. Son muchas las ilusiones y los esfuerzos y recursos que se destinan a ese proyecto y es frustrante que no se consiga el propósito perseguido. Por supuesto que el modelo de negocio ha de evolucionar de manera continua para adaptarse a las necesidades del mercado y de los tiempos, pero también hay que ser exigen- tes con la Administración que tantas trabas pone algunas veces en el camino y en el desarrollo de ese proyecto. FES siempre velará por servir de soporte a las necesidades de las Asociadas en esa evolución y en erigirse como defensora de esa deseable flexibilización burocrática y administrativa. No obstante, no veo tan vital la necesidad de cambiar el modelo de negocio. Considero que siempre va a ser necesaria la actividad de vigilancia física. La presencia del vigilante aporta sensación subjetiva de Seguridad al ciudadano. Otra cosa será la gestión que se haga de esa Seguridad, que sí que debe acomodarse a los tiempos que corren. La preparación del vigilante, los medios con que cuenta para el desempeño de su profesión, la pro- tección legal de sus intervenciones, etc., son cuestiones que deben abordarse. El vigilante es un profesional de la Seguridad, que actúa en la mayor parte de las ocasio- nes en un entorno privado, aunque en muchas otras son públicos los bienes que ha de proteger, pero que, en cual- quier caso, vela por los intereses de sus clientes. En muy contadas ocasiones puede verse revestido del carácter de agente de la Autoridad y esto le da un estrecho mar- gen de actuación en situaciones conflictivas. Si ya la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, se hace eco de que la Seguridad privada se considera, cada vez más, una parte indispensable del conjunto de medidas destinadas a la protección de la sociedad y a la defensa de los dere- chos y legítimos intereses de los ciudadanos, entendiendo que la Seguridad pública encuentra, en la realización de actividades de Seguridad por otras instancias sociales o agentes privados, una oportunidad para verse reforzada, y una forma de articular el reconocimiento de la facultad que tienen los ciudadanos de crear o utilizar los servicios privados de Seguridad con las razones profundas sobre las que se asienta el servicio público de la Seguridad. Entiendo que el legislador debe proteger al vigilante de Seguridad en el ejercicio de sus funciones. No creo que la empresa de Seguridad se esté viendo afectada por una valoración negativa de la opinión pública. Considero que el ciudadano se ha acostumbrado a la presencia unifor- mada del vigilante en numerosos ámbitos de actividad y ha aprendido a convivir con él, asimilando sus funciones y competencias y aprendiendo que, en cuanto a Seguridad, es el recurso más directo del que puede disponer. Como bien conoce, la protección de datos viene adqui- riendo una gran importancia en la sociedad actual y esto no se halla al margen la Seguridad Privada. Así el delegado de Protección de Datos es una pro- fesional que debe estar presente en las empresas de seguridad por obligación legal (LOPDGDD). Sin embargo, ¿considera que las empresas de seguri- dad han asumido esta nueva realidad normativa, así como las obligaciones impuestas por la normativa de Protección de Datos? Y si no lo han hecho, ¿cuáles han sido las causas o motivos? Gracias al apoyo prestado por FES a sus asociadas, las mismas han podido afrontar con éxito el reto que para
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