OP244 - Obras Públicas

14 En el caso de máquinas fabricadas en terceros países fuera de la UE cuyo fabricante no esté establecido en la UE, los importadores deberán ser capaces de garantizar que los fabricantes hayan cumplido todas sus obligaciones de conformidad con la Directiva 2006/42/CE, ya que, en caso contrario, asumirán la responsabilidad en calidadde fabricante y deberán cumplirlas ellos mismos. Asimismo, aquellos importadores o distribuidores que comercialicen máquinas con su propio nombre o marca comercial, estarán asumiendo la responsabilidad relativa a la conformidad de lamáquina, por lo que deberán cumplir todas las obligaciones que la Directiva atribuye a los fabricantes, entre ellas la colocación del marcado CE. NORMAS QUE RIGEN EL MARCADO CE La legislación sectorial de armonización técnica de la UE que contempla la colocación del marcado CE sigue las normas básicas para este marcado de conformidad que figuran en el Reglamento (CE) n.º 765/2008 y en la Decisiónn.º 768/2008/CE. El Reglamento (CE) n.º 765/2008 establece la definición, el formato y los principios generales que rigen el marcado CE, mientras la Decisión n.º 768/2008/CE establece las reglas y condiciones relativas a la colocación y utilización que deberán seguir los legisladores al elaborar la legislación sectorial de armonización técnica de la UE. En el caso de la Directiva 20006/42/CE de máquinas, los requisitos específicos relativos al marcado CE se encuentran en el artículo 16 y en el anexo III de la directiva. REGLAS PARA LA COLOCACIÓN DEL MARCADO CE A continuación, se resumen las reglas generales sobre el marcado CE de las máquinas que deben aplicar los fabricantes con arreglo a los dispuesto en la Directiva 2006/42/CE y en el Reglamento (CE) n.º 765/2008. El primer requisito que podríamos comentar sería la forma del marcado. El marcado CE de conformidad debe estar compuesto por las iniciales 'CE' conforme al modelo mostrado en la imagen. En caso de que se tuviera que reducir o aumentar el tamaño del marcado CE, debido a la naturaleza de la máquina, siempre deberán respetarse las proporciones establecidas en este logotipo. El segundo requisito es que el marcado CE debe fijarse en la máquina de manera visible, legible e indeleble. El requisito de visibilidad significa que el marcado CE debe fijarse en un lugar de la máquina que sea visible desde el exterior y nunca oculto detrás o debajo de partes o elementos de la máquina. Por motivos de legibilidad, se exige una altura mínima de 5 mm, salvo en el caso demáquinas de pequeño tamaño para las que la Directiva permite una excepción a este requisito. Con el fin de garantizar que sea indeleble, la técnica escogida por el fabricante no debe permitir que el marcado CE se pueda borrar durante la vida útil de la máquina teniendo en cuenta las condiciones previsibles de uso. Con el fin de evitar cualquier confusión con los marcados CE que puedan aparecer en determinados componentes de la máquina (material eléctrico, equipos a presión, equipos ATEX, …), el marcado CE correspondiente a la máquina debe colocarse junto al nombre del fabricante (responsable de su conformidad), utilizando la misma técnica. La práctica habitual es incluir el marcado CE en la placa de datos de la máquina donde figura la información relativa a la máquina (marca, modelo, designación, número de serie, año de fabricación) y a su fabricante (razón social y dirección). El tercer requisito está relacionado con la intervención de un organismo notificado en el proceso de evaluación de la conformidad. Cuando una máquina figura en el anexo IV de la Directiva de máquinas (por ejemplo, un ascensor de obra), entre los procedimientos de evaluación de la conformidad que puede escoger el fabricante se encuentra el procedimiento de aseguramiento de calidad total. Este procedimiento exige que el fabricante cuente con un sistema de aseguramiento de calidad total que cubra el diseño, la fabricación, la inspección final y las pruebas de la máquina; el cual debe ser evaluado y aprobado por un organismo notificado. En el caso de que el fabricante de una máquina de anexo IV haya aplicado este procedimiento, el marcado CE deberá ir seguido del número de identificación del organismo notificado que haya aprobado el sistema de aseguramiento de calidad total del fabricante.

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