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EL PELIGRO DE INCENDIO EN LA MAQUINARIA DE CONSTRUCCIÓN Y LA INSTALACIÓN DE EXTINTORES 16 Sergio Serrano Tomás. Director técnico de la Asociación Española de Fabricantes de Maquinaria de Construcción, Obras Públicas y Minería (Anmopyc) LEGISLACIÓN TÉCNICA DE REFERENCIA La legislación sobre seguridad en máquinas de la Unión Europea se compone básicamente de dos reglamentos específicos y complementarios. Por un lado, dentro de la legislación sobre comercialización de productos, estaría el Real Decreto 1644/2008 (transposición de la Directiva 2006/42/CE) que establece las obligaciones que deben cumplir los fabricantes antes de comercializar unamáquina por primera vez en la Unión Europea. Por otra parte, den- tro del cuerpo normativo sobre seguridad y salud en el trabajo, estaría el Real Decreto 1215/1997 (transposición de la Directiva 89/655/CEE) que establece, en el marco de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, las exigencias que deben satisfacer las empresas en relación con la utilización de máquinas en el trabajo. Además, al tratarse de maquinaria para construcción, también será necesario tener en cuenta la normativa que regula las condiciones de seguridad y salud en las obras de construcción. Dicha normativa está constituida fundamentalmente por el Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguri- dad y salud en las obras de construcción (transposición de la Directiva 92/57/CEE) y por el VI Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción para el periodo 2017-2021 (registrado y publicado por la Resolución de 21 de septiembre de 2017 de la Dirección General de Empleo). La legislación vigente sobre seguridad en máquinas no es muy clara a la hora de especificar si la maquinaria de construcción debe disponer o no de dispositivos de extinción de incendios. Por este motivo, fabricantes y usuarios de máquinas suelen tener dificultades a la hora de interpretar correctamente los requisitos que establece la legislación para evitar el riesgo de incendio y/o explosión, así como para determinar sobre quién recae la responsabilidad de proporcionar un extintor de incendios en caso necesario. El presente artículo tiene por objeto analizar los diferentes textos legales y normas en vigor que establecen requisitos relativos a la prevención del riesgo de incendio y/o explosión en maquinaria y clarificar en que situaciones las máquinas de construcción deberán disponer de un extintor de incendios y quién estará obligado a suministrarlo. Si está interesado en que en esta sección se profun- dice en alguna temática técnica en concreto puede enviarnos sus sugerencias a la dirección de correo electrónico dmunoz@interempresas.net

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