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42 ECCN Y REHABILITACIÓN FONDOS NEXT GENERATION. PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA Dentro de estos fondos europeos se han destinado 3420 millones de europeos a la rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales. Las ayudas serán gestionadas por las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla mediante convocatorias o concesión directa. Las bases reguladoras se establecen en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. El plan de rehabilitación residencial se divide en seis programas que abarcan: • Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. • Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación • Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. • Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. • Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. • Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes. El objetivo de las ayudas se centra en actuaciones de rehabilitaciones en edificios residenciales y viviendas unifamiliares para mejorar la eficiencia energética. Para ello se deberá acreditar una reducción de al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética y una reducción de la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración de un 35% en zonas climáticas D y E y de un 25% en zona climática C. En el caso de sustituir un elemento de la envolvente térmica de una vivienda unifamiliar o una vivienda en un edificio plurifamiliar, se debe cumplir uno de estos tres requisitos: • Reduccióndealmenosel 30%del consumodeenergíaprimariano renovable • Disminución como mínimo del 7% de la demanda global anual de refrigeración y calefacción • Cumplimiento de las tablas 3.11.a y 3.1.3. a del DB HE1 del CTE Los beneficiarios últimos de las ayudas son: • Los propietarios o usufructuarios, bien sean personas físicas o jurídicas. • Las empresas públicas, las sociedades mercantiles participadas por la administración pública, los organismos, los entes y la propia administración pública siempre y cuando sean propietarios de los inmuebles residenciales. • Las comunidades de propietarios. • Los propietarios que, de forma agrupada, sean dueños de edificios. • Las cooperativas compuestas por propietarios de viviendas o edificios y las cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas. • Las empresas y cooperativas arrendatarias o concesionarias de los edificios. Para poder solicitar la ayuda deben presentar un contrato que les otorgue la facultad expresa para acometer obras de rehabilitación. • El arrendatario de la vivienda podrá solicitar la ayuda siempre y cuando haya pactado con el propietario costear las obras a cambio del pago de la renta. Debe presentar un acuerdo que acredite dicho compromiso. DESGRAVACIONES FISCALES Las actuaciones de rehabilitación sujetas al programa de los Fondos Next Generation pueden beneficiarse de desgravaciones fiscales, incluyendo tres medidas: • Medida 1: Actuaciones a nivel de vivienda en edificio plurifamiliar. • Media 2: Actuaciones a nivel de vivienda en edificio plurifamiliar. • Medida 3: Actuaciones a nivel de edificio. Las medidas 1 y 2 son compatibles entre sí y la medida 3 es incompatible con las medidas 1 y 2. Las desgravaciones se amparan en el marco legal del Real Decreto-Ley 19/2021. Toda la información sobre los diferentes programas de impulso a la rehabilitación se encuentra disponible en este enlace: https:// comorehabilitoayudas.es/assets/ PREE_5000_NG_ASEFAVE.pdf n Las actuaciones de rehabilitación del programa de los Fondos Next Generation pueden beneficiarse de desgravaciones fiscales.

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