METALMECÁNICA 334

86 PROTECCIÓN LABORAL EN EL TALLER pendiente para conseguir el dibujo deseado. En el siglo XX, se introdujo la idea de humanoide y a finales de los años noventa, en 1996, J. Edward Colgate y Michael Peshkin, crearon cobot, un robot creado para interactuar físicamente con humanos en un entorno colaborativo de trabajo. Ahora, casi un cuarto de siglo después, es cuando están aterrizando en las empresas, tanto en las grandes como en las pequeñas, para transformar el modelo productivo y participar en la gran Revolución Industrial 4.0. Actualmente con las tecnologías emergentes de los robots colaborativos y móviles la prevención de riesgos y la seguridad y salud en el trabajo adquiere una nueva dimensión de la tradicional que contemplamos con los robots confinados, y quizás disruptiva si contemplamos la Inteligencia Artificial porque si al automatismo del robot le añadimos inteligencia tenemos un robot que actúa con patrones humanos, como ya hemos apuntado anteriormente. En la actualidad los cobots son el segmento demayor crecimiento de la automatización industrial. Según datos de la Robotic Industries Association (RIA), se espera que en 2025 se multipliquen por diez hasta alcanzar el 34% de todas las ventas de robots industriales. RIESGOS EN EL LUGAR DE TRABAJO ASOCIADOS CON LOS ROBOTS Isaac Asimov en los relatos cortos de su libro ‘I Robot (Yo Robot)’ publicado en 1950 se postula por primera vez las tres leyes de la robótica que siguen vigentes en la actualidad, al menos como referente histórico: 1. Un robot no debe dañar a un ser humano ni, por su pasividad, dejar que un ser humano sufra daño. 2. Un robot debe obedecer las órdenes que le son dadas por un ser humano, excepto cuando estas órdenes están en oposición con la primera Ley. 3. Un robot debe proteger su propia existencia, hasta donde esta protección no esté en conflicto con la Primera o la Segunda Ley. Diferentes normativas se vienen ocupando de los riesgos laborales asociados a la robótica. Las primeras normativas internacionales surgen en paralelo del Comité Internacional de ISO TC 184/SC 2 y del Comité Europeo de Normalización (CEN), y abordan los requerimientos y requisitos de seguridad para los sistemas de robots y dispositivos robóticos. Son respectivamente: la EN 775 Robots manipuladores industriales. Seguridad; y las EN ISO 10218-1 Robots y dispositivos robóticos. Requisitos de seguridad para robots industriales. Parte 1, y EN ISO 10218-2 Robots y dispositivos robóticos. Requisitos de seguridad para robots industriales. Parte 2: Sistemas robot e integración. En esta en parte segunda parte de la ISO 10218-2 es donde se describen los peligros básicos y las situaciones de riesgos identificados en estos sistemas, y proporciona los requisitos para eliminar o reducir adecuadamente el riesgo asociado a estos peligros; La ISO/TS 15066:2016 especifica los requisitos de seguridad de los robot colaborativos (cobots), para interaccionar directamente con un humano dentro de un espacio de trabajo colaborativo y sirve de ayuda a los integradores de células robotizadas para llevar a cabo evaluaciones de riesgo al instalar los robots colaborativos. Imagen: IFR – Photoneo. Los robots van a permitir reemplazar a las personas que trabajan en ambientes insalubres o peligrosos, evitando los riesgos de exponerlos a sustancias y condiciones peligrosas. Imagen: IFR Omrom Robot móvil autónomo (AMR).

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