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TRIBUNA DE OPINIÓN Nueva modificación de la Directiva de Eficiencia Energética de Edificios El 15 de diciembre de 2021, la Comisión Europea publicó su propuesta (borrador) de refundición de la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios, en el marco del Paquete de medidas Fit for 55%. El paquete tiene como objetivo encaminar a Europa hacia una reducción del 55% en las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030 respecto al año 1990 y prepararla para una descarbonización total antes de finales de mitad del siglo XXI, cincuenta años antes que el compromiso adquirido por las partes en el marco de Naciones Unidas en el Acuerdo de París. Arcadio Garcia Lastra. Secretario del Comité Técnico de Atecyr La propuesta de modificación se basa en el artículo 194, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que constituye la base jurídica de la política energética de la Unión. Las medidas propuestas tienen por objeto fomentar la eficiencia energética y el ahorro energético, así como el desarrollo de energías nuevas y renovables (artículo 194, apartado 1, letra c), del TFUE). No debemos olvidar que las Directivas son de obligado cumplimiento para los Estados. Halaga haber comprobado que muchas de las nuevas exigencias impuestas por esta modificación ya las tenemos recogidas en alguno de nuestros textos normativos relacionados con la eficiencia energética de los edificios. Este compromiso reciente de reducción del 55 % que hemos asumido dentro de la Unión Europea supondrá elevar los porcentajes comprometidos sobre la eficiencia energética y el empleo de energías de fuentes renovables en los usos finales de los sectores difusos entre los que se encuentra la edificación. En este sentido, el objetivo global de eficiencia en la UE se quiere aumentar del 32,5 % actual al 36 % (y al 39 % para el consumo de energía primaria) y el porcentaje de energía renovable en el uso final del 32 % al 40 %. Para ello, se refuerza el principio de primero la eficiencia energética (podríamos bautizarlo como el primer principio de la energética edificatoria) y se fomenta el desarrollo de infraestructuras que contribuyan a un mayor uso y producción de energías procedentes de fuentes renovables in situ o proximidades de los edificios. Además, para aumentar la operatividad y flexibilidad de la producción de energía eléctrica renovable, se fomenta en esta modificación, a nivel de edificio, los sistemas de almacenamiento energético y la interconexión con comunidades energéticas locales. Uno de los sectores más tardíos en desarrollar medidas para la reducción de gases de efecto invernadero ha sido la edificación existente, y por ello, es fundamental modificar las disposiciones legislativas europeas que puedan dotar a los Estados de herramientas para poder desplegar intervenciones profundas en edificios existentes. Esto será vinculante con el nuevo texto que tomó la Directiva de Eficiencia Energética de Edificios (DEEE) y que nos marca hitos concretos y tempranos para los años 2025 y 2027 como objetivos intermedios antes del 2030. La modificación, introduce nuevos indicadores de eficiencia energética para descarbonizar el sector de la construcción, con cambios en las definiciones que aumentan la ambición de los esfuerzos de rehabilitación profunda (renovaciones integrales) y 60

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