ES386 - Estaciones de Servicio

7 EN PRIMERA Estos suministros ya sólo podrán realizarse por operadores al por mayor inscritos en el Registro oficial. Esta prohibición representa un retorno a la situación legal previa a mayo del 2015, cuando el legislador decidió abrir el mercado para aumentar la competencia en la distribución mayorista. Lo llamativo es que esta reversión que se acaba de aprobar entrará en vigor ya el próximo 28 de marzo, y no se prevé ningún régimen transitorio o una compensación para esos empresarios que, basándose en esta posibilidad legal vigente durante casi una década, establecieron o expandieron sus negocios en plena conformidad con la ley. Ahora se enfrentan al desafío de tener que cerrar o reenfocar por completo sus actividades en un plazo extremadamente corto. ¿Qué ocurre si un distribuidor no cumple con las nuevas regulaciones? El incumplimiento de la prohibición de suministros entre distribuidores al por menor se incluye en la Ley de Hidrocarburos como infracción muy grave, sancionable con multa de hasta 30 millones de euros, si bien la determinación exacta de la sanción depende también del volumen de negocios de la empresa infractora y de los beneficios obtenidos a través de la actividad. ¿Qué podrán hacer los distribuidores que no están conformes con esta prohibición? Al ser una norma con rango legal, los distribuidores no la pueden recurrir directamente. Sin embargo, cabe evaluar una reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado legislador para solicitar una indemnización a raíz de las pérdidas generadas por el cambio normativo. ¿Cree que este nuevo marco normativo conseguirá paliar los problemas de fraude presentes en el sector? Ante todo, es importante evitar calificar a un sector económico en su totalidad como fraudulento. La mayoría de los empresarios, tanto mayoristas como minoristas, cumplen rigurosamente con sus obligaciones legales. Llama la atención que la nueva norma reconozca que no ha logrado poner freno al fraude, y opte por prohibir por completo una actividad que se ha venido ejerciendo por muchos operadores de forma limpia y legal. “La prohibición abrupta de todo un sector económico sin un preaviso sustancial es uno de los principales puntos de preocupación”. "La prohibición de suministros entre minoristas puede disminuir las actividades fraudulentas, pero por la sencilla razón de que directamente se elimina por completo esa actividad. Muerto el perro, se acabó la rabia"

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