AX114 - Ascensores y Montacargas

53 ANÁLISIS El Reglamento de Máquinas no incluye una definición de la frontera con la Directiva de ascensores 2014/33/UE. Dado que la Directiva de ascensores no se modifica, la frontera entre el Reglamento de máquinas y la Directiva de ascensores permanece inalterada. Así, los aparatos de elevación con una velocidad superior a 0,15 m/s entran en el ámbito de aplicación de la Directiva de ascensores. Cuando exista un riesgo relevante y no esté cubierto por la Directiva de ascensores, se aplicarán los requisitos esenciales de salud y seguridad (EHSR) del Reglamento de máquinas. Por lo tanto, los EHSR nuevos y modificados del Reglamento de máquinas también pueden aplicarse a los ascensores. REQUISITOS NUEVOS Y MODIFICADOS (RELEVANTES PARA ASCENSORES Y ESCALERAS MECÁNICAS) Los cambios clave en comparación con la Directiva de máquinas son los siguientes: • Mayor seguridad jurídica, aplicación uniforme (por ejemplo, modificación sustancial). • Integración de disposiciones relacionadas con la inteligencia artificial para las funciones de seguridad. • Integración de disposiciones relacionadas con la ciberseguridad para los sistemas de control de seguridad y el software y los datos relacionados con la conformidad. • Máquinas autónomas y teledirigidas. • Digitalización de las instrucciones de uso, las instrucciones de montaje y la declaración UE de conformidad e incorporación. • Evaluación obligatoria de la conformidad por un organismo notificado para 6 categorías de productos. • Especificaciones comunes como opción alternativa cuando no se disponga de normas armonizadas adecuadas. • Procedimientos de salvaguardia racionalizados, alineados con el resto de la legislación. Entre los EHSR nuevos o modificados (Reglamento de máquinas, anexo III), pertinentes para ascensores y escaleras mecánicas, destacan los siguientes: • 1.1.6 ‘Ergonomía’: Nuevos requisitos añadidos. • Nuevo 1.1.9 ‘Protección contra la corrupción’. • 1.2.1 ‘Seguridad y fiabilidad de los sistemas de control’: Varias modificaciones y nuevos requisitos. • 1.2.6 ‘Fallo de la alimentación eléctrica o de la conexión a la red de comunicación’: Se aplica también a la conexión a la red de comunicaciones. • 1.6.2 ‘Acceso a puestos de mando y puntos de mantenimiento’: Se añaden requisitos para el rescate de emergencia. • 6.2 ‘Dispositivos de mando’: Adición de condiciones para el uso de paradas automáticas en lugar de dispositivos de control de mantenimiento de la marcha. 1.1.6. Ergonomía En las condiciones de uso previstas, la incomodidad, la fatiga y el estrés físico y psicológico a los que se enfrente el operador deberán eliminarse o reducirse al mínimo posible, teniendo en cuenta, al menos, los siguientes principios ergonómicos: (a) teniendo en cuenta la variabilidad de las dimensiones físicas, la fuerza y la resistencia del operador; (b) evitar la necesidad de posturas o movimientos de trabajo exigentes y esfuerzos manuales de fuerza que superen la capacidad del operario. 1.1.9. Protección contra la corrupción La máquina o producto afín se diseñará y fabricará de modo que la conexión a la misma de otro dispositivo, a través de cualquier característica del propio dispositivo conectado o a través de cualquier dispositivo remoto que se comunique con la máquina o producto afín, no dé lugar a una situación peligrosa. Un hardware [...] o el acceso a un software [...] que sea crítico para el cumplimiento se diseñará de modo que esté adecuadamente protegido contra la corrupción accidental o intencionada. Los programas informáticos y los datos críticos para la conformidad de la máquina o el producto afín con los requisitos pertinentes de salud y seguridad se identificarán como tales y se protegerán adecuadamente contra la corrupción accidental o intencionada. La máquina o el producto relacionado identificará el software instalado en ella que sea necesario para que funcione de forma segura, y podrá proporcionar dicha información en todo momento de forma fácilmente accesible. La máquina o producto relacionado recogerá pruebas de una intervención legítima o ilegítima en el software o de una modificación del software instalado en la máquina o producto relacionado o de su configuración. 1.2.1. Seguridad y fiabilidad de los sistemas de control Los sistemas de control se diseñarán y construirán de forma que: (a) puedan resistir, en su caso [...] intentos malintencionados razonablemente previsibles de terceros que conduzcan a una situación peligrosa; El Reglamento de Máquinas cubre una amplia oferta de aparatos de elevación.

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx