AP7 - Aquapres

9 REAL DECRETO DE NITRATOS yendo limitaciones específicas sobre fertilización vinculadas a las que se regulen en la planificación hidrológica. La normativa también incrementa significativamente la densidad de estaciones de control y aumenta el número y frecuencia de los muestreos en las aguas para analizar su contenido en nitrógeno y otros contaminantes asociados. Asimismo, establece medidas adicionales y acciones reforzadas para revertir la contaminación existente. Además, se asume el compromiso de hacer pública toda esa información para que pueda ser usada por los ganaderos y agricultores para ajustar sus pautas de fertilización. De esta forma, se exige la preparación de un informe cuatrienal que analice la eficacia de las medidas que se contemplen, que se remitirá a su vez a la Comisión Europea. COORDINACIÓN Y COMPETENCIAS La norma también establece las responsabilidades que corresponden a las distintas administraciones públicas con el fin de conseguir una implementación coordinada de todas las medidas. En concreto, se fijan las obligaciones que deberán asumir las autoridades del agua y las autoridades agrarias, tanto del ámbito de la AdministraciónGeneral del Estado como del de las comunidades autónomas, siendo estas últimas quienes ostentan las competencias específicas en agricultura, ganadería y gestión en la protección del medio ambiente en el territorio. Para ello, la tramitación de este Real Decreto ha contado con diversos procesos de consulta, tanto del público en general como de los sectores afectados. También se ha realizado un trámite de audiencia específico a las comunidades autónomas, dado su destacado papel en la aplicación de la norma. Se espera que tras la aprobación del real decreto se empiecen a hacer patentes sus resultados, una vez que las comunidades autónomas actualicen sus zonas vulnerables y se refuercen los programas de seguimiento de las aguas para determinar la evolución de la contaminación, tarea que corresponde a las autoridades de cuenca. NUEVA PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA Los nuevos planes hidrológicos que se aprobarán en los próximos meses establecen la senda de reducción de las concentraciones de nitratos en las masas de agua que ha de conducir a esta recuperación ambiental y que permitirá dar cumplimiento a los objetivos de la Directiva de Nitratos y de la Directiva Marco del Agua. Este Real Decreto permite que los planes hidrológicos de cuenca puedan establecer dentro de su parte normativa los umbrales máximos de excedentes de nitrógeno para cada masa de agua afectada por nitratos, cuando se considere necesario para alcanzar los objetivos ambientales. Además, los organismos de cuenca y las administraciones hidráulicas podrán establecer limitaciones a nuevas concesiones y a otras actividades sujetas a su autorización, para evitar una concentración de presiones que puedan impactar significativamente sobre las aguas, lo que se valorará con las previsiones del plan hidrológico correspondiente. BUENAS PRÁCTICAS AGRARIAS Además de elaborar y velar por el cumplimientode los programas de actuación en las zonas declaradas como vulnerables, las comunidades autónomas también elaborarán códigos de buenas prácticas agrarias que los agricultores aplicarán obligatoriamente en las zonas vulnerables, con el fin de reducir la contaminación producida por los nitratos de origen agrario. Entre otras cuestiones, estos códigos deberán recoger los períodos en que no es conveniente aplicar fertilizantes a las tierras, las condiciones de su aplicación en tierras cercanas a cursos de agua y los requisitos necesarios que aseguren que los estiércoles, purines y abonos en general no pongan en peligro la salud humana o dañen el medio ambiente. Asimismo, las comunidades autónomas deberán establecer programas de fomento de la puesta en práctica de los códigos de buenas prácticas agrarias, que incluirán la formación e información a los agricultores. PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) Esta reforma normativa se integra en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) de España, a través del Componente 5: Espacio litoral y recursos hídricos, y se complementa con otro instrumento legal que desarrollará el marco legislativo sobre la nutrición sostenible en los suelos agrícolas incluido entre las reformas del Componente 3: Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero, garantizando así unmarco legal favorable al incremento de las inversiones, en consonancia con las premisas del Pacto Verde Europeo. NUTRICIÓN SOSTENIBLE DE SUELOS AGRARIOS El futuro Real Decreto sobre Normas para la Nutrición Sostenible en los Suelos Agrarios, que estará en consulta pública esta semana, con vistas a su aprobación este semestre, tiene por objeto la nutrición sostenible en los suelos agrarios y refuerza la consecución de los objetivos del Real Decreto aprobado, estableciendo un marco normativo general para alcanzar una fertilización sostenible en la agricultura. Además, articulará herramientas eficaces para que los agricultores contribuyan mediante su actividad a disminuir el impacto ambiental, no sólo en las zonas vulnerables. 

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