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El consumidor confía más en un producto si la información de su etiqueta es visible y fácil de entender

La importancia de una correcta información en el etiquetado

Redacción Interempresas10/01/2018
El 1 de abril de 2015 entró en vigor en la Unión Europea el reglamento sobre la información alimentaria facilitada al consumidor en cuanto al lugar de procedencia para la carne fresca, refrigerada o congelada de porcino, ovino, caprino y aves de corral. En el caso de la comercialización de la carne de vacuno la información sobre el país de origen o lugar de procedencia es obligatoria desde el año 2000.

El etiquetado de la carne de porcino, ovino, caprino y aves de corral destinada a suministrar al consumidor final o a las colectividades debe incluir varias indicaciones. Antes de la aplicación del Reglamento (CE) nº 1337/2013 de 2015, la normativa solamente obligaba a mostrar en la etiqueta el lugar de nacimiento, cría y sacrificio en el caso de la carne de vacuno, quedando el resto de carnes exentas. Con la entrada en vigor del reglamente, la cantidad de información recibida por los consumidores aumenta y es de gran utilidad porque pueden conocer de donde proviene la carne que compran.

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Carne de porcino

  • País de cría: nombre del Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar la cría de acuerdo con los siguientes criterios:
  1. Si el animal sacrificado es mayor de 6 meses, el Estado miembro o tercer país en el que ha tenido lugar el último periodo de cría de al menos 4 meses,
  2. Si el animal sacrificado es menor de 6 meses y tiene un peso vivo de al menos 80 kg, el Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el periodo de cría después de que el animal hubiera alcanzado los 30 kg,
  3. Si el animal sacrificado es menor de 6 meses y tiene un peso vivo inferior a 80 kg, el Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el periodo de cría completo.
  • País de sacrificio: nombre del Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el sacrificio.
  • Código del lote que identifica la carne suministrada al consumidor o a las colectividades.
  • Las indicaciones del país de cría y del país de sacrificio podrán sustituirse por la mención ‘Origen: (nombre del Estado miembro o tercer país)’ si la carne se ha obtenido de animales nacidos, criados y sacrificados en único Estado miembro o tercer país.

Carne de ovino y caprino

  • País de cría: nombre del Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el último periodo de cría de al menos 6 meses o si el animal sacrificado es menor de 6 meses, el Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el periodo de cría completo.
  • País de sacrificio: nombre del Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el sacrificio.
  • Código del lote que identifica la carne suministrada al consumidor o a las colectividades.
  • Las indicaciones del país de cría y del país de sacrificio podrán sustituirse por la mención ‘Origen: (nombre del Estado miembro o tercer país)’ si la carne se ha obtenido de animales nacidos, criados y sacrificados en único Estado miembro o tercer país.

Carne de aves de corral

  • País de cría: El Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el último periodo de cría de al menos un mes o si el animal sacrificado es menor de un mes, el Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el periodo de cría completo.
  • País de sacrificio: nombre del Estado miembro o tercer país en el que haya tenido lugar el sacrificio precedido de la mención.
  • Código del lote que identifica la carne suministrada al consumidor o a las colectividades.
  • Las indicaciones del país de cría y del país de sacrificio podrán sustituirse por la mención ‘Origen: (nombre del Estado miembro o tercer país)’ si la carne se ha obtenido de animales nacidos, criados y sacrificados en único Estado miembro o tercer país.
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Etiquetado de la carne picada y recortes

En la carne picada y los recortes de carne, podrán aplicarse las siguientes indicaciones:

  1. ‘Origen: UE’, cuando se hayan producido exclusivamente a partir de carne obtenida de animales nacidos, criados y sacrificados en diferentes Estados miembro.
  2. ‘País (es) de cría y sacrificio: UE’, cuando se hayan producido exclusivamente a partir de carne obtenida de animales criados y sacrificados en diferentes Estados miembro.
  3. ‘País (es) de cría y sacrificio: no UE’, cuando se producen exclusivamente a partir de carne importada en la Unión.
  4. ‘País (es) de cría: no UE’ y ‘País (es) de sacrificio: UE’, cuando se hayan producido exclusivamente a partir de carne obtenida de animales importados en la Unión como animales destinados al sacrificio y sacrificados en o diferentes Estados miembros.
  5. 'País (es) de cría y sacrificio: UE y no UE', cuando se hayan producido a partir de carne de animales criados y sacrificados en uno o diferentes Estados miembros y de carne importada a la Unión, o carne obtenida de animales importados en la Unión y sacrificados en uno o diferentes Estados miembro.

La importancia de la trazabilidad

Los operadores, en cada etapa de la producción y distribución, disponen de un sistema de identificación y registro que debe aplicarse de tal forma que garantice:

  • La relación entre la carne y el animal o grupo de animales de los que procede; en la fase de sacrificio esta relación es competencia del matadero, y
  • La transmisión de la información relativa a las indicaciones del etiquetaje, junto con la carne, a los operadores en las etapas posteriores de la producción y la distribución.

El sistema de registro abastecerá, en particular, la llegada al establecimiento del operador y la salida del mismo de animales, canales o despieces, según proceda, y garantizará una correspondencia entra las llegadas y las salidas.

Con en el reglamento de etiquetado actual la cantidad de información recibida por los consumidores aumenta
Con en el reglamento de etiquetado actual la cantidad de información recibida por los consumidores aumenta.

Iniciativa de Anice para el autocontrol y la calidad en la industria cárnica española

La Asociación Nacional de Industrias de la Carne de España (Anice) desarrolló durante dos meses de 2017 un programa de autocontrol sectorial en la industria cárnica española, para la detección de especies animales y el análisis de etiquetado de preparados cárnicos y platos preparados.

Esta iniciativa es un ejemplo del compromiso de la industria cárnica española con la calidad, el correcto etiquetado y el cumplimiento de la legislación vigente, y es fruto del trabajo conjunto con el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para potenciar la calidad y la excelencia de las producciones alimentarias.

Fruto de estos planteamientos estratégicos, Anice analizó la correlación entre el contenido y el etiquetado en derivados cárnicos y platos preparados puestos en el mercado en toda España, fundamentalmente en productos como hamburguesas, albóndigas, lasañas y similares.

El resultado analítico demostró el buen trabajo realizado a nivel sectorial y los operadores para corregir incidencias anteriores ya que no se detectaron en los productos industriales analizados la presencia de carnes no declaradas en el etiquetado.

El problema del fraude

Varios han sido los casos que han ido surgiendo durante los últimos años en torno al fraude alimentario en el sector cárnico: hamburguesas de vacuno sin carne de vacuno, rastros de carne de caballo en hamburguesas de ternera, jamón vendido como ibérico sin serlo…

Aunque la normativa comunitaria actual deja bien claro que las etiquetas deben ser “visibles, legibles e indelebles”, durante 2017 se han sucedido distintas denuncias por fraude. Las etiquetas deben informar sobre la denominación legal, el estado físico y los ingredientes por orden decreciente de peso y en un porcentaje que corresponda a la cantidad. Esto es, si compramos una hamburguesa de pollo, la etiqueta debe reflejar el porcentaje de pollo que contiene.

El endurecimiento de las sanciones que se estableció con la aprobación de la ley estatal de defensa de la calidad alimentaria parece no haber sido suficiente. Si la infracción es leve, la multa puede ascender hasta los 4.000 euros; si es grave, de 4.001 a 150.000 euros; y si es muy grave, la multa oscila entre los 150.001 y los 3 millones de euros.

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