CSCAE y CEAE alertan del riesgo para la seguridad y la calidad profesional del nuevo Real Decreto sobre homologación de títulos extranjeros en Arquitectura
El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y la Conferencia de Escuelas de Arquitectura de España (CEAE) manifiestan su preocupación ante el Proyecto de Real Decreto de reconocimiento y verificación académica y profesional de titulaciones extranjeras.
Según el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, el objetivo fundamental de la futura norma es resolver 'problemas estructurales', asegurando el 'rigor académico', fortaleciendo la “transparencia procedimental y la trazabilidad de los expedientes” e impulsando, a su vez, la agilización en la resolución de la instrucción de los procedimientos. Sin embargo, se señala que el texto actual puede provocar los efectos contrarios: desbordar el sistema de homologación, debilitar los mecanismos de control y deteriorar los estándares que exige el ejercicio de una profesión regulada directamente vinculada con la seguridad, la salud y la calidad de vida de las personas.
El Ministerio subraya que “ejercer la Arquitectura implica una enorme responsabilidad, ya que su ejercicio tiene un impacto directo sobre la seguridad estructural de los edificios, su habitabilidad, protección frente a incendios, el entorno construido y, por tanto, el interés general”. Por esta razón, la normativa vigente —grado y máster habilitante— y, de forma progresiva desde el primer curso, exige una formación rigurosa en áreas críticas como el cálculo de estructuras, instalaciones y la edificación. Estos aspectos diferencian las atribuciones profesionales de los arquitectos en España respecto a otros y constituyen la garantía principal para la protección de las personas.
"La atracción de talento internacional es un valor incuestionable. En la actualidad, existe un número significativo de arquitectos y arquitectas colegiados con titulaciones extranjeras, plenamente habilitados para el ejercicio profesional tras superar el correspondiente proceso de evaluación y verificación de conocimientos y competencias, de acuerdo con lo establecido en la normativa."
Se señala que debilitar o desmantelar un sistema de control que protege el interés general resulta contraproducente, ya que no se trata de una mera cuestión de verificación documental, sino de la evaluación de la aptitud profesional real. Habilitar sin la precisa supervisión a personas que carecen de conocimientos técnicos y estructurales supondría permitir la proyección y construcción de edificaciones sin las garantías necesarias, lo que se considera un riesgo para la seguridad y la vida de las personas.
El proyecto de Real Decreto, según se indica, penaliza por un lado a los egresados de las universidades españolas, con una formación exigente acorde con las atribuciones de la práctica profesional en España, y por otro a aquellos profesionales con titulaciones extracomunitarias que en el pasado cumplieron los requisitos formativos complementarios exigidos para la homologación de sus títulos. A ello se añade una falta de reciprocidad internacional.
En la mayoría de los países, los arquitectos titulados en España no obtienen una habilitación automática para ejercer, sino que deben superar exámenes, procesos de acreditación o pruebas específicas de aptitud profesional. Por ello, se considera incomprensible que España otorgue homologaciones directas cuando, en la mayoría de los casos, las titulaciones extranjeras no cumplen los requisitos mínimos para ejercer en su país de procedencia, dándose casos en los que no otorgan ninguna habilitación profesional en su propio territorio.
Ante la complejidad y diversidad del contenido curricular y competencias de las titulaciones extracomunitarias, el CSCAE y la Conferencia de Escuelas de Arquitectura de España consideran fundamental que el reconocimiento se sustente en un sistema de verificación transparente, objetivo y técnicamente fiable que incluya la evaluación real de los conocimientos mínimos y la aptitud profesional por un órgano con composición académica y profesional.
Solo así podrá garantizarse que quienes acceden al ejercicio profesional de la Arquitectura en España, con independencia de su procedencia, cuentan con la capacitación y atribuciones necesarias para asumir las responsabilidades de la profesión, evitando agravios comparativos y protegiendo la seguridad y la salud de las personas.


























































































