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Análisis de la Ley 8/2013 de rehabilitación integral y energía y de los controvertidos ordenamientos sobre peajes y autoconsumo hechos públicos recientemente por Industria

Javier García Breva: “España se encamina hacia un estado de pobreza energética”

David Muñoz24/07/2013

La Oficina de Javier García Breva, cuyo titular es uno de los principales referentes de la política energética en nuestro país, ha organizado una rueda de prensa en Madrid para valorar la nueva Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (RRR) y denunciar el contrasentido que supone la publicación de esta normativa, enfocada a fomentar medidas de eficiencia energética, al mismo tiempo que desde el Ministerio de Industria se trabaja en una orden de peajes y en un decreto de autoconsumo que desincentivan cualquier actuación encaminada al ahorro de energía.

Menos de un mes después de publicarse la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, una normativa que el propio Javier García Breva califica como “buena” para nuestro país, por cuanto supone un avance importante en el uso racional de la energía, se han hecho públicos algunos detalles de la orden de peajes y del decreto de autoconsumo, en los que está trabajando actualmente el Ministerio de Industria, que desincentivan cualquier iniciativa de reducir el consumo de energía.

De izquierda a derecha...

De izquierda a derecha: África Orenga, directora de imedia, y Javier García Breva, presidente de N2E, coalicion empresarial para un Nuevo Modelo de Negocio Energético.

De confirmarse la intención del Gobierno de aumentar la parte fija del recibo de la luz hasta el 70% del total, dejando la variable en apenas un 30%, pocos serán los consumidores que se planteen a partir de ahora realizar obras de rehabilitación o reforma en sus casas y/o comercios cuando esa inversión apenas le va a suponer un ahorro en su recibo de la luz. Lo conocido de la futura orden de peajes y del nuevo decreto de autoconsumo, como indicaba Javier García Breva, “penaliza gravemente el ahorro de energía” y hace que muchas posibles actuaciones dejen de ser financiables. Además, puede conllevar otro grave riesgo, que los consumidores, ante el incremento de la parte fija de los recibos de la luz, se vean obligados a reducir la potencia contratada a las eléctricas, haciendo un menor uso de la electricidad en sus residencias, y provocando así lo que este especialista en política energética califica como “estado de pobreza energética”, algo que hasta ahora sólo era propio de países con un nivel de desarrollo muy inferior al español.

Además, en el caso concreto del autoconsumo, desde La Oficina de Javier García Breva, se habla incluso de “trato discriminatorio” por parte del Ministerio de Industria hacia las energías renovables, con una normativa en la materia que puede ser “la más restrictiva” de todo el mundo y que carga sobre este tipo de iniciativas costes que no se aplican a otro tipo de fuentes energéticas. Se habla también de “un ataque a los derechos individuales de las personas” con un decreto que además va claramente en contra de las directrices de la UE de reducir la dependencia de los países miembros respecto a la importación de hidrocarburos, fundamentalmente del gas, que en el caso español suponen ya entre el 4 y el 5% del PIB (45.000 millones de euros).

Por todo ello y por ser ya el coste de la electricidad una de las principales preocupaciones de los españoles (como acaba de poner de manifiesto una reciente encuesta), Javier García Breva muestra su confianza en que las regulaciones definitivas sobre peajes y de autoconsumo que salgan del Consejo de Ministros, subsanen estos aspectos, claramente contrarios al objetivo de logran una mayor eficiencia energética.

Ley 8/2013: rehabilitación integral y energía

Estas normativas sobre peajes y autoconsumo, dependientes del Ministerio de Industria, van además en contra del espíritu que recoge la nueva Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (RRR) elaborada desde el Ministerio de Fomento y publicada el 26 de junio, lo que lleva a pensar que existe una clara falta de comunicación entre ambos ministerios.

Una nueva y largamente esperada Ley que viene a completar los decretos de certificación (RD 235/2013), RITE y programas de ayudas a la vivienda (RD 233/2013) publicados pocos meses antes, y que los mejora en lo referente a la certificación energética y a los informes de evaluación de edificios, suponiendo además un avance importante en el uso racional de la energía como factor de primer orden en la valoración de los edificios existentes. Supone un paso decisivo a la hora de contar con un instrumento normativo que apuesta por facilitar las actuaciones de rehabilitación energética en todo el parque edificado, en la urbanización del espacio público y en los barrios de las ciudades.

Ya en el preámbulo de esta nueva Ley aparecen detalles que son dignos de resaltar. Como señalaba Javier García Breva, ahí ya se habla de la rehabilitación como política de apoyo a la recuperación económica y el empleo, destacando la diferencia que nos separa de Europa en eficiencia energética y en la necesidad de cumplir con los objetivos europeos de 2020 en energía renovable, ahorro energético y emisiones de CO2. Se reconoce también la distancia que nos separa del resto de Europa en lo que representa la rehabilitación en la actividad de la construcción (13 puntos porcentuales menos que la media europea) y de la importancia de la reducción de emisiones en los sectores difusos con el fin de alcanzar el objetivo europeo de eliminar entre el 80% y el 95% las emisiones de CO2 para 2050.

La nueva Ley 8/2013 fomenta la eficiencia energética en las viviendas

La nueva Ley 8/2013 fomenta la eficiencia energética en las viviendas.

En el preámbulo se cita el artículo 4 de la Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética que establece el compromiso de los Gobiernos para aprobar en abril de 2014 una estrategia nacional de rehabilitación de todo el parque de edificios, tanto públicos como privados, y se pone de manifiesto su trascendencia para España con un parque donde el 58% de los 25 millones de viviendas se construyó antes de 1980 y que 6 millones cuentan con más de 50 años de antigüedad. Estas circunstancias hacen también oportuno plantear la rehabilitación a nivel de barrios con políticas integrales para conseguir su autosuficiencia energética en el marco de los objetivos de la Directiva 2010/31/UE de eficiencia energética de edificios para crear empleos verdes a través de las energías renovables y el ahorro de energía como elementos de transformación del modelo productivo.

Los tres objetivos de la ley, que se alinean con los de la Directiva 2010/31/UE, se concretan en potenciar la rehabilitación de edificios haciéndola viable y posible, crear un marco normativo para la reactivación del sector de la construcción a través de la rehabilitación y acercar nuestro marco normativo al europeo en ahorro energético y lucha contra la pobreza energética.

Informe de evaluación de edificios y certificación energética

La Ley 8/2013 mejora el alcance y eficacia de la certificación energética regulada en el RD 235/2013 a través de la nueva figura del Informe de Evaluación de Edificios (IEE) que sustituye a la anterior Inspección Técnica de Edificios (ITE). El IEE incluirá la certificación energética del edificio con las recomendaciones de mejora; de conformidad con la normativa autonómica y municipal podrá surtir la exigencia de ejecutar las recomendaciones o subsanar las deficiencias observadas. Las CC AA deberán registrar tanto los IEE como la subsanación de las deficiencias y su incumplimiento tendrá la consideración de infracción urbanística con los efectos que establezcan las normas.

Así como en el RD 235/2013 se establece la obligatoriedad de la certificación energética para todos los edificios en construcción, venta o alquiler, el IEE lo deberán realizar los propietarios de edificios residenciales de vivienda colectiva con más de 50 años de antigüedad en los 5 años siguientes, edificios que pretendan solicitar ayudas públicas y el resto de edificios según lo determine la normativa autonómica o municipal. El informe podrá ser suscrito tanto por las entidades de inspección registradas en la administración autonómica como por técnicos competentes que se considerarán los mismos que estén habilitados para la redacción de proyectos o dirección y ejecución de obras de edificación, con la excepción de los edificios de las Administraciones Públicas que lo harán a través de sus servicios técnicos.

En las disposiciones adicionales 3ª y 4ª se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de certificación energética de edificios con la observación de que la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores corresponderá a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves con el objetivo principal de impedir que se falsee la información de la certificación energética. La graduación de las sanciones irá desde los 300 euros a los 6.000 euros y podrá ser superior en función de los beneficios obtenidos por el infractor.

La rehabilitación es un factor de reactivación de nuestra economía y del empleo

La rehabilitación es un factor de reactivación de nuestra economía y del empleo.

Actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas

Las actuaciones comprenderán obras de rehabilitación de edificios existentes en situación de degradación o insuficiencia en requisitos básicos de habitabilidad y obras de regeneración y renovación de la urbanización del espacio público que afecte tanto a edificios como al tejido urbano, incluyendo nueva edificación en sustitución de edificios previamente demolidos. Deberán ser actuaciones de carácter integrado a través de medidas sociales, ambientales y económicas enmarcadas en una estrategia global.

En función del alcance de las actuaciones serán los propietarios, las comunidades de propietarios o cooperativas de viviendas o las Administraciones Públicas quienes tengan la obligación de realizar las obras comprendidas en cada actuación y la capacidad de iniciativa para llevarlas a cabo. A las Administraciones Públicas se les responsabiliza más concretamente de abordar las situaciones de insuficiencia o degradación de barrios o conjuntos urbanos homogéneos priorizando en estos casos las medidas para eliminar situaciones de infravivienda y promover el uso racional de la energía.

Entre las reglas básicas que se establecen para ordenar y ejecutar estas actuaciones se facilita, mediante límites a la cesión de suelo y rescate de plusvalías, la realización de obras de mejora de la eficiencia energética en los espacios que consigan una reducción del 30% de la demanda energética de calefacción o refrigeración a través de mejoras en la envolvente del edificio, dispositivos bioclimáticos adosados, instalaciones energéticas centralizadas e integración de fuentes de energía renovables que consigan reducir en un 30% el consumo de energía no renovable.

Estas actuaciones requerirán una memoria previa que asegure su viabilidad económica y, en el caso de la eficiencia energética, que puedan generar ingresos para financiar la mayor parte del coste de la rehabilitación. Para este análisis podrán participar empresas de servicios energéticos que asuman el compromiso de integrarse en la gestión mediante la financiación de parte de la misma a través de los ahorros obtenidos en el tiempo, en clara alusión a los contratos de rendimiento energético.

Para impulsar estas actuaciones en el RD 233/2013 de 5 de abril, el Gobierno aprobó una relación de programas por importe de 2.421 M que comprenden ayudas a la rehabilitación de inmuebles hasta 11.000 por vivienda, para la rehabilitación de barrios por el 40% del presupuesto y ayudas al alquiler hasta el 40%, además de líneas de financiación del ICO por 1.000 M para rehabilitación y del Idae para eficiencia energética en edificios por 100 M y compra de créditos por reducción de emisiones de CO2 en el sector de la edificación.

El autoconsumo se puede ver claramente perjudicado por las nuevas directrices de Industria
El autoconsumo se puede ver claramente perjudicado por las nuevas directrices de Industria.

Incongruencias con las normas europeas y la política energética del Gobierno

A la vista de esta justificación de la Ley 8/2013 para Javier García Breva llaman la atención algunas incongruencias con las propias directivas europeas que se citan como apoyo y con la política energética del Gobierno. Cuando examinamos el articulado de la ley no aparece ninguna disposición que transponga a nuestro ordenamiento jurídico, ni siquiera parcialmente, ningún artículo de las directivas europeas que tan bien se valoran en su preámbulo. Al margen de que la 2010/31/UE de eficiencia energética de edificios finalizó su plazo de transposición en enero de 2013 y la 2012/27/UE de eficiencia energética está en plazo de transposición hasta junio de 2014, ambas directivas establecen, dentro del marco normativo europeo, obligaciones a los Gobiernos de elaborar en 2014 planes nacionales de acción de eficiencia energética, planes de rehabilitación a largo plazo de todo el parque de edificios, planes de edificios de consumo de energía casi nulo o planes de rehabilitación del 3% al año de la superficie de los edificios públicos.

Existen otras medidas que afectan decisivamente a la eficiencia energética de edificios como las referidas a auditorías energéticas, reducción cada año del 1,5% de la facturación de energía a los consumidores finales, contadores para el balance neto o acceso a los servicios energéticos que podrían haberse incluido en esta ley y acercarnos, de esta manera sí, al marco normativo europeo de eficiencia energética de edificios. Se ha perdido la oportunidad de avanzar más rápidamente en los objetivos europeos de 2020 con una ley que no sólo definiera el marco sino también su desarrollo con planes concretos para movilizar las inversiones necesarias, aplicar los principios descritos en su preámbulo y dar eficacia a los programas de ayudas aprobados en abril. La diferencia entre la Ley 8/2013 y las directivas europeas de eficiencia energética sigue siendo considerable.

En el artículo 3 de la Ley 8/2013 se describen los fines comunes de las políticas públicas para un medio urbano más sostenible, eficiente y competitivo y, entre ellos, en su letra h) “Priorizar las energías renovables frente a la utilización de fuentes de energía fósil y combatir la pobreza energética con medidas a favor de la eficiencia y el ahorro energético”. Esta afirmación se contradice con la política acordada por el Gobierno que impide indefinidamente la autorización de nuevas instalaciones renovables, que promueve e impulsa el uso del gas en las instalaciones térmicas de edificios y que en su voto en contra de la Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética, en octubre de 2012, adujo como uno de los motivos que la mayor eficiencia energética sería un obstáculo para la reactivación del sector de la construcción en España. Definitivamente, la contradicción de esta ley con la política energética del Gobierno resta credibilidad a sus objetivos de ahorro de energía.

Javier García Breva durante la rueda de prensa
Javier García Breva durante la rueda de prensa.

Estímulos a la eficiencia energética

La Comisión Europea en su informe sobre ‘Respaldo financiero a la eficiencia energética de edificios’ de 18 de abril de 2013 describe las distintas formas para estimular la inversión en eficiencia energética y cumplir el principal objetivo de la Directiva 2012/27/UE que en su artículo 4 ordena que los Estados miembros establecerán para abril de 2014 una estrategia a largo plazo para movilizar inversiones en la rehabilitación del parque nacional de edificios, tanto públicos como privados.

Los instrumentos para conseguir esa movilización de recursos destinados al ahorro de energía en los edificios se desarrollarán a través de tres grandes iniciativas:

1.- Un marco regulador definido ya en las Directivas 2010/31/UE de eficiencia energética de edificios (DEEE) y 2012/27/UE de eficiencia energética (DEE) que incorporan no sólo un catálogo de medidas y planes concretos de eficiencia energética sino también una visión a largo plazo y un compromiso a favor del ahorro de energía en un escenario marcado por la factura creciente e insostenible de las importaciones energéticas. La Comisión va a efectuar un estrecho seguimiento para garantizar el cumplimiento del marco regulador de la UE y su incorporación a las legislaciones nacionales.

2.- Mejorar el acceso a la financiación europea en el próximo marco financiero 2014-2020 incrementando los recursos de cohesión destinados a las políticas de reducción de emisiones y reservando en exclusiva el 20% de los fondos Feder a políticas de eficiencia energética y energías renovables. En este sentido, los Estados miembros deberán asegurarse de que los programas operativos regionales del Feder hagan un uso óptimo de la financiación destinada a eficiencia energética y a la movilización de las inversiones necesarias para los planes de rehabilitación del parque de edificios previstos en la DEE. El artículo 20 de la DEE establece la creación de un Fondo nacional de eficiencia energética para respaldar los proyectos de eficiencia energética. La Comisión desarrollará a lo largo de 2013 las directrices de selección y evaluación de proyectos de eficiencia energética. Según las estimaciones de Javier García Breva, España puede recibir de los fondos europeos hasta 4.000 M para eficiencia energética durante los próximos siete años. La cantidad puede ser mayor o menor en función del compromiso y de las capacidades de todas las administraciones públicas para el desarrollo y ejecución de proyectos de ahorro energético.

3.- Eliminación de barreras que impiden la implantación de la eficiencia energética de edificios. La DEE ordena a los Estados miembros evaluar y tomar medidas para eliminar las barreras reglamentarias y no reglamentarias que impiden el acceso a los servicios energéticos y al desarrollo del mercado de las empresas de servicios energéticos a través de los contratos de rendimiento energético y financiación por terceros mediante un marco de certificación energética más vinculante. A través del programa Horizonte 2020 se asignarán 6.100 M para respaldar las iniciativas destinadas a eliminar las barreras normativas, financieras y de mercado a la innovación energética y la Comisión lanzará una campaña de promoción de los mercados de servicios energéticos a través de la colaboración público-privada centrada en las entidades locales y la iniciativa ‘Pacto entre alcaldes’.

Comentarios al artículo/noticia

#1 - JJ
26/07/2013 13:41:26
Para ahorrar y pagarle a quienes nos expoliaron, nos expolian y nos seguirán expoliando, su majestad, los actuales gobernantes, nos quieren sumir en la más paupérrima de las miserias y atrasos en materia no sólo energética. En otros lugares, cuando las energéticas no cumplen con sus contratos de explotación o concesión, se los expropia, en defensa de los intereses de los consumidores, que son quienes sostenemos el sistema. ¿ O nó se enteraron que es así ?

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