La Fundación Renovables y UNEF piden agilizar las autorizaciones para hibridación de almacenamiento con renovables

22/05/2025

La Fundación Renovables y la Unión Española Fotovoltaica (UNEF) reclaman medidas para agilizar los procesos administrativos para la autorización de instalaciones de sistemas de almacenamiento de forma hibridada con las plantas de generación renovable. Las dos organizaciones han enviado al Ministerio para la Transición Ecológica un documento técnico con una batería de propuestas encaminadas a fortalecer el despliegue del almacenamiento hibridado en España.

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Esta petición nace de la necesidad de hacer más competitivo el sector renovable y fotovoltaico, ya que las más de 800 horas de 2024 a precios cero o negativos dificultan las inversiones en un sector fotovoltaico cuya producción no genera recursos económicos suficientes para dar seguridad financiera a los inversores.

La incorporación de sistemas de almacenamiento hibridado a las plantas fotovoltaicas permite captar el spread de la curva de precios del mercado mayorista, al mismo tiempo que allana los precios. Además, tiene otras ventajas positivas como la no exigencia de nuevas infraestructuras eléctricas o la menor necesidad de inversión al aprovechar instalaciones ya acometidas.

En ese sentido, Fundación Renovables y UNEF reclaman medidas para fomentar el desarrollo de sistemas de hibridación de almacenamiento. Entre ellas, destaca la adaptación del Real Decreto 1183/2020 de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía, de tal forma que se establezca una nueva categoría de permiso de acceso y conexión para los generadores que soliciten la actualización de su punto de acceso para añadir elementos de almacenamiento de energía.

Además, es necesario que las plantas solares que ahora tienen un punto de conexión de 24 horas puedan usarlo en ambas direcciones y sin tener exigencias administrativas, más allá de la comunicación a la distribuidora.

Las dos organizaciones reclaman también el desarrollo de la 'conexión flexible', puesto que no tiene sentido que una planta solar híbrida ya existente no tenga los mismos derechos que una planta stand-alone. Se requiere, en ese sentido, que se dé la posibilidad de que la propiedad jurídica de una planta fotovoltaica y de almacenamiento sean diferentes.

El hecho de que estas baterías se asienten en un terreno ya ocupado nos lleva a pedir que se excluya la necesidad de una nueva Declaración de Impacto Ambiental para las instalaciones de almacenamiento, puesto que las plantas fotovoltaicas a las que se vincularán ya recibieron una DIA positiva.

También es necesario ampliar la validez de los puntos de acceso y conexión con el objetivo de dar una extensión de vida útil a las plantas del RECORE que se hibriden con almacenamiento, así como habilitar un régimen fiscal específico para la energía generada mediante fuentes renovables, incluyendo la desplazada por la hibridación de plantas.

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