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Productos orgánicos

Québec impone certificación obligatoria

HorticomNews15/01/2003

15 de enero de 2003

El gobierno de Québec (Canadá) ha establecido un sistema de certificación obligatorio para todos aquellos productos alimenticios importados a esa Provincia que reclamen el carácter de "orgánicos". De acuerdo con la información enviada por la Embajada Argentina en Canadá, esta certificación sólo puede ser otorgada por el Consejo de Acreditación de Québec.

El gobierno de Québec ha establecido un sistema de certificación obligatorio para todos aquellos productos alimenticios importados a esa Provincia que reclamen el carácter de "orgánicos".

De acuerdo con la información enviada por la Embajada Argentina en Canadá, esta certificación sólo puede ser otorgada por el Consejo de Acreditación de Québec (CAQ) o por las entidades y empresas reconocidas por el CAQ. Se destaca que Québec es la única provincia o territorio canadiense que exige esa certificación. No obstante, las mismas reglamentaciones se aplican a la producción local.

Los principales requisitos que establece el sistema, y que están en vigencia, se indican a continuación:
- Deben certificarse todos los productos importados cuyas etiquetas, publicidad, presentaciones, documentos, o, lista de ingredientes incluyan términos como "orgánico", "biológico", "ecológico" o "biodin mico".
- El nombre de la empresa o entidad que haya certificado o monitoreado el producto antes de la etapa de empaquetado y etiquetado, debe figurar obligatoriamente en la etiqueta si los productos van a ser vendidos al público en forma minorista o bien en los documentos comerciales, si son parte de un proceso de elaboración.

A partir del 1 de enero de 2003 entran en vigor las siguientes disposiciones:
- Toda agencia que certifique productos orgánicos alimenticios cosechados o elaborados fuera de Québec pero que se vendan en esa provincia deberá estar acreditada o reconocida por el CAQ.
- Los comerciantes y agencias que operen con productos orgánicos deben asegurarse que los mismos hayan sido certificados por entidades reconocidas por el CAQ.
- Todas las entidades certificadoras extranjeras, públicas o privadas, deberán contar con el reconocimiento del CAQ, para que sus certificaciones o autorizaciones agencias certificadoras en su territorio se consideren equivalentes.
- Dicho reconocimiento podrá obtenerse en base a tres posibilidades:
a. "de Estado a Estado": la autoridad responsable en "un país, estado o provincia", podrá solicitar su reconocimiento al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de Québec, que decidirá asesorado por el CAQ.

Artículo publicado en Cafi, Circular Nº95/02, 20 noviembre del 2002