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Pertenezco al sector del reciclado de plásticos y tengo la duda de si la granza reciclada debe registrarse como sustancia conforme al Reglamento Europeo Reach. En cualquier caso, ¿cuál es el plazo para realizar el registro?

Cicloplast15/10/2008

15 de octubre de 2008

Fotografía: Alexandre Jaeger Vendruscolo
Fotografía: Alexandre Jaeger Vendruscolo
La duda está en si la granza reciclada debe considerarse como una sustancia o un preparado.

En junio, la Comisión publicó un borrador de documento guía (está pendiente el documento definitivo) que propone el siguiente criterio para la distinción:

• Plásticos con una cantidad de aditivo 'indeseado' inferior al 20 por ciento deberá considerarse sustancia,

• Plásticos con una cantidad de aditivo 'indeseado' superior al 20 por ciento deberá considerarse preparado.

En el caso de considerarse sustancia y conforme a la normativa europea Reach, los fabricantes e importadores de sustancias químicas tienen la obligación de registrarlas ante la Agencia Europea para Químicos, con sede en Helsinki, antes del 1 de diciembre.

El objetivo de Reach es obligar a las empresas que producen sustancias químicas a obtener información sobre sus propiedades fisicoquímicas y sus efectos en la salud y el medio ambiente. Con ello se pretende mejorar la seguridad en su uso y dejar de utilizar las más peligrosas. Todos los fabricantes e importadores deberán presentar a la Agencia un expediente de registro que documente los datos y las evaluaciones.

Bruselas estima que se presentarán alrededor de 180.000 expedientes de registro para unas 30.000 sustancias químicas actualmente en uso (como ácidos, metales, solventes, surfactantes o colas). Las empresas que no hayan prerregistrado antes del 1 de diciembre de este año una sustancia no podrán importarla ni fabricarla después de esa fecha hasta haber realizado su registro completo. En cambio, las que lleven a cabo el registro podrán beneficiarse de una ampliación de plazos, hasta 2018, en el mejor de los casos, para aportar la información completa.

Todas las empresas que prerregistren la misma sustancia se convertirán en miembros de un Foro de Intercambio de Información sobre Sustancias cuya finalidad es evitar la duplicación de los ensayos a los que se deben someter las sustancias. En estos foros, las empresas están obligadas a hacer un uso común de los estudios obtenidos mediante la experimentación con animales, a fin de reducir al mínimo absoluto este tipo de ensayos. Asimismo, pueden poner en común otros datos.

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