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Las reglas de juego de la subcontratación (parte III)

Respetar la confidencialidad

Redacción MU15/05/2002
En una relación de subcontratación entre dos empresas es común que ambas partes adquieran conocimientos confidenciales, o que deban utilizar patentes o diseños registrados. Para evitar problemas es muy importante llegar a acuerdos sobre confidencialidad y propiedad industrial antes de empezar a trabajar en común.
En una asociación de subcontratación industrial, cada una de las partes adquirirá conocimientos técnicos confidenciales de la otra. La fabricación y utilización de los productos puede suponer también la utilización de patentes, diseños registrados, software informático y marcas registradas.
Además, es probable que, a lo largo de su período de cooperación, las partes desarrollen nuevos conocimientos técnicos y adquieran nuevos derechos de propiedad industrial. Por consiguiente, es importante que las partes acuerden sus respectivos derechos de utilización y su obligación de proteger dichos conocimientos técnicos confidenciales y derechos de propiedad industrial.
Normalmente, se considerará que un acuerdo sobre conocimientos técnicos confidenciales y derechos de propiedad industrial respeta un equilibrio justo de intereses si:
  • el principio básico consiste en que la parte que trabaja para el desarrollo de los conocimientos técnicos disfruta también de los beneficios de dicho trabajo
  • el proveedor informa al comprador si, durante la realización del contrato, pretende hacer mejoras o solicitar una patente u otra forma de protección de las innovaciones adquiridas de sus propios conocimientos técnicos
  • incluye especificaciones, claramente establecidas de mutuo acuerdo, sobre patentes u otras formas de protección de las innovaciones en la tecnología de fabricación del proveedor, resultantes de los conocimientos técnicos de ambas partes
  • cada parte recibe una licencia para utilizar los conocimientos técnicos y otros derechos de propiedad industrial de la otra parte, en la medida en que sean necesarios para el cumplimiento del contrato, pero no se produce una transferencia de los derechos de propiedad de dichos conocimientos técnicos o derechos de propiedad industrial, a no ser que las partes hayan acordado un pago razonable por dichos derechos
  • las partes deben considerar confidenciales los conocimientos técnicos de la otra parte, siempre y cuando no sean del dominio público
  • cualquier restricción sobre la utilización de los conocimientos técnicos adquiridos en otras relaciones contractuales es conforme a las normas sobre competencia aplicables
  • la parte encargada del diseño es responsable de cualquier infracción de los derechos de propiedad industrial de terceros que pueda resultar de la fabricación, promoción y utilización del producto. Sin embargo, el proveedor no será responsable si la infracción se debe a las instrucciones del comprador o si no ha sido informado de los países en que se venderá o utilizará el producto.
Esta información pertenece a la guía: “Directrices para asociaciones de subcontratación industrial”, editada por la Unión de Industrias de la Comunidad Europea, UNICE, con la ayuda de la Comisión European

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