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¿Qué relación existe entre las leyes, directivas y normas en Europa?

Redacción Interempresas24/06/2016
Aquí encontrará información sobre las especificaciones relativas al ámbito de la construcción de máquinas en el seno de la Unión Europea (UE), donde se armonizan progresivamente las leyes, normas y disposiciones relativas al ámbito de la construcción de máquinas. De este modo, los distintos países ya no tienen especificaciones propias, sino que las normativas están cada vez más unificadas a nivel europeo.
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Relaciones de interés

En una primera fase, la UE formula objetivos de protección generales mediante Directivas. Estos objetivos de protección requieren una especificación detallada y la regulación concreta se realiza mediante normas.

La UE elabora generalmente Directivas sobre temas especiales que tienen efecto solo en relación con los acuerdos de los distintos Estados Miembro de la UE, que transponen estas Directivas a derecho nacional. En la práctica, significa que los documentos con el título relativamente inofensivo de ‘Directivas’ tienen la consideración de leyes dentro de la UE.

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¿Cuándo tiene relevancia legal una norma?

Las normativas por si solas no tienen relevancia legal directa, sino que la adquieren a través de una publicación en el Diario Oficial de la UE o de leyes y decretos nacionales que les dan este carácter. Mediante este tipo de publicación, una normativa adquiere el denominado efecto de presunción, según el cual un fabricante puede presumir que cumpliendo lo especificado en la normativa cumplirá también los requisitos de la Directiva pertinente. Estableciendo una relación jurídica formal, se habla de inversión de carga de la prueba. Si el fabricante aplica una normativa armonizada, en caso de duda deberá demostrarse que ha obrado incorrectamente.

Las normas que no se han publicado en el Diario Oficial no se consideran armonizadas y no se les aplica el efecto de presunción.

En los casos en que no existen normas, algo muy usual en los sectores innovadores, el fabricante deberá acreditar individualmente que ha obrado con la diligencia requerida y que, por consiguiente, cumple los objetivos de protección de las Directivas correspondientes.

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