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Ha sido designada Organismo de Acreditación de Verificadores en ese sistema

Enac, en el Sistema Europeo de Comercio de Emisiones

Redacción QU01/08/2006
El “Verificador Acreditado” es una pieza clave en el sistema de comercio de emisiones, porque es el que verifica si los informes de las empresas sobre sus emisiones son ciertos. Ahora, Enac da un paso importante tras ser designado como acreditador de los verificadores.
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La Comunidad Autónoma de Valencia y la Región Autónoma de Murcia han designado a la Entidad Nacional de Acreditación (Enac) como organismo de acreditación de los verificadores que actuarán en el marco del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero establecido en el Real Decreto 1315/2005 por el que se establecen las bases de los sistemas de seguimiento y verificación de emisiones de gases de efecto invernadero.

En la acreditación de los verificadores, Enac utilizará los criterios de la norma europea EN 45011 que regula la actividad de las entidades de certificación de procesos complementados con los criterios específicos establecidos en el documento elaborado a instancias de la Comisión Europea en el seno de la European Co-operation for Accreditation (EA) con el objetivo de establecer requisitos de competencia técnica de los verificadores, armonizados para toda Europa.

El trabajo que Enac ha venido desarrollando, tanto a nivel internacional como con la Administración española, en el desarrollo de los elementos básicos del esquema de acreditación de verificadores hacen posible que, en la actualidad la entidad pueda prestar un servicio de acreditación basado en criterios internacionales.

La figura del “Verificador Acreditado” es una pieza clave para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema. Su misión es dar fe de la veracidad de los informes de emisiones que las empresas deben remitir anualmente a la administración competente y que son la base para determinar si aquéllas han emitido más o menos CO2 de los derechos que disponen y, por tanto, si están obligados a comprar derechos, en el primer caso, o si por el contrario, pueden venderlos.

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