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Jornada Técnica del INSHT: nuevo Reglamento sobre Equipos de Protección Individual

17/11/2016

La Directiva 89/686/CEE relativa a la comercialización de los equipos de protección individual (EPI) fue una de las primeras directivas del nuevo enfoque, transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1407/1992. En ella se establecen los requisitos de seguridad y salud para la comercialización de equipos tales como calzado de seguridad, ropa de protección, cascos, gafas, guantes, etc. de manera que garanticen la adecuada protección de los posibles usuarios. La Directiva 89/656/CEE relativa a la selección y uso de los EPI en el lugar de trabajo, publicada el mismo año y traspuesta mediante el Real Decreto 773/1997, establece la necesidad de usar EPI que cumplan con dichos requisitos.

Como consecuencia de la publicación en 2008 del nuevo marco legislativo para la libre circulación de productos seguros en el mercado de la Unión Europea, se ha promulgado el Reglamento (UE) 2016/425 que sustituirá a la Directiva 89/686/CEE. Las modificaciones que el Reglamento incorpora proceden en muchos casos de la experiencia acumulada durante estos 20 años de aplicación de ambas directivas y tiene como objetivo principal garantizar la seguridad y salud de los usuarios de equipos de protección individual. Los EPI, último recurso de la prevención de riesgos laborales, están presentes en muchas situaciones. La adecuada selección y uso de los mismos es fundamental y para ello, hay que conocer qué hay detrás del marcado CE que avala el cumplimiento del equipo con la legislación correspondiente.

En esta jornada, organizada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) para el 29 de noviembre de 2016 en Madrid, se presentarán las modificaciones incluidas en el Reglamento así como los distintos aspectos cruciales en el sistema de seguridad del producto, fundamentales para la seguridad en el uso desde el punto de vista de todos los actores implicados, de una u otra manera, en la seguridad y salud de los trabajadores que requieran el uso de EPI como consecuencia de su actividad laboral. El principal objetivo es actualizar los conocimientos en la materia y está dirigido a autoridades, normalizadores, organismos de control, fabricantes, importadores, distribuidores, responsables de la seguridad y salud en el trabajo y agentes sociales.

Formulario de inscripción, pinchar aquí.

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