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Ramos STS: Vestuario de protección biológico en entorno médico vs sanitario

20/01/2017
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Según lo establecido en la legislación europea vigente, existen requisitos específicos para los materiales con el que se confecciona y desarrollan trajes utilizados para protegerse contra los agentes biológicos o infecciosos, que tienen la capacidad de afectar a la salud humana, desde reacciones alérgicas a enfermedades graves, o mortales. Es por ello que se determina como agente biológico a los microorganismos bien sean bacterias, virus, hongos, etc. estas sustancias pueden ser patógenas, sensibilizantes o tóxicas.

La evaluación de la eficacia de los trajes de protección con respecto a estos criterios, como parte de la evaluación general de los riesgos, puede ser de gran ayuda a la hora de seleccionar el equipo de protección individual adecuado para minimizar el riesgo de infección. En cuyo caso, siempre cabe recordar que los controles y la protección de las personas que están en contacto con agentes biológicos son fundamentales para la prevención de infecciones y propagación de los gérmenes.

Según la Directiva 2000/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de septiembre de 2000 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, los empresarios o los responsables tienen la obligación de proporcionar ropa de protección adecuada a sus trabajadores. Esta Directiva clasifica los agentes biológicos en 4 Grupos de Riesgo, conforme a su capacidad o riesgo de infección:

  • Agentes biológicos con pocas probabilidades de causar enfermedades en seres humanos.
  • Agente biológico que podría causar enfermedades en seres humanos y representar un peligro para los empleados; la dispersión de la sustancia entre la población es improbable; generalmente, es posible aplicar medidas o un tratamiento preventivo eficaz.
  • Agente biológico que puede causar enfermedades graves en seres humanos y representar un riesgo serio para los empleados; existe riesgo de dispersión entre la población pero generalmente es posible aplicar medidas o un tratamiento preventivo eficaz.
  • Agente biológico que causa enfermedades graves en seres humanos y representa un riesgo serio para los empleados; el riesgo de dispersión entre la población es elevado en determinadas circunstancias; generalmente no es posible aplicar medidas o un tratamiento preventivo eficaz.

La normativa europea UNE-EN 14126 de 2004 define muy bien los requisitos de eficacia de los materiales con que se desarrolla y confecciona el Vestuario de Protección a agentes infecciosos. Los métodos de ensayo que se especifican en esta norma se concretan de acuerdo al medio que puede contener microorganismos, como partículas de polvo bien sean sólidas, líquidas o en aerosol. Debido a la heterogeneidad de los microorganismos, la norma no permite definir criterios de eficacia frente a microorganismos específicos. Este punto es importante, tenerlo en consideración a la hora de realizar la evaluación del riesgo y con el grupo de riesgo del agente infeccioso en sí mismo. Esta norma solo se refiere a los “tejidos” y no establece ningún requisito sobre la eficacia ante los agentes infecciosos en las costuras. Dado que los virus, las bacterias y las esporas son lo suficientemente pequeños para penetrar a través de las aperturas de las costuras, es por ello que siempre se recomienda utilizar trajes con costuras recubiertas o termoselladas.

Estos deben contar con el certificado CE como categoría III, la categorización, determina el riesgo, por tanto Categoría III, nos define, Riesgos muy Elevados o incluso Mortales, por tanto debemos tener en consideración que el usuario de estos equipos está expuesto a riesgos muy graves para su salud, que es fundamentalmente el objetivo de cualquier equipo de protección personal o individual, prevenir y/o proteger.

Luego, y no menos importante, si no fundamental, estos trajes de protección fabricados con tejidos conformes a la norma EN 14126 también deben cumplir todos los requisitos de los trajes que se especifican en la norma sobre los tipos de ropa de protección química correspondiente, que nos determinan el tipo de protección y aplicación de acuerdo a la exposición, existiendo 6, siendo el Tipo 1 el más exigente, en adelante.

  • Tipo 1 Estanco a Gases EN 943-2 y 943-1 Ropa de protección contra productos químicos, líquidos y gaseosos, incluyendo aerosoles líquidos y partículas sólidas. Parte 2: Requisitos de prestaciones de los trajes de protección química, herméticos a gases (Tipo 1), destinados a equipos de emergencia (ET).
  • Tipo 2 No Estanco a Gases EN 943-1 Ropa de protección contra productos químicos, líquidos, incluyendo aerosoles líquidos y partículas sólidas. Parte 1: Requisitos de prestaciones de los trajes de protección química, ventilados y no ventilados, no herméticos a gases (Tipo 2).
  • Tipo 3 Barrera frente a Salpicaduras Presurizadas EN 14605 Ropas de protección contra productos químicos líquidos. Requisitos de prestaciones para la ropa con uniones herméticas a los líquidos (tipo 3), incluyendo las prendas que ofrecen protección únicamente a ciertas partes del cuerpo (Tipo PB [3]).
  • Tipo 4 Barrera frente a Salpicaduras en Espray o Aerosol EN 14605 Ropas de protección contra productos químicos líquidos. Requisitos de prestaciones para la ropa con uniones herméticas a las pulverizaciones (tipo 4), incluyendo las prendas que ofrecen protección únicamente a ciertas partes del cuerpo (Tipo PB [4]).
  • Tipo 5 Barrera a Partículas EN 13982-1 Ropa de protección para uso contra partículas sólidas. Parte 1: Requisitos de prestaciones para la ropa de protección química que ofrece protección al cuerpo completo contra partículas sólidas suspendidas en el aire. (Ropa de tipo 5). (ISO 13982-1:2004/AM 1:2010).
  • Tipo 6 Barrera a Salpicaduras de baja intensidad y presión limitada EN 13034 Ropa de protección contra productos químicos líquidos. Requisitos de prestaciones para la ropa de protección química que ofrece protección limitada contra productos químicos líquidos (equipos del tipo 6).

Ahora, y concretando sobre la normativa EN 14126 que define un traje de Riesgo Biológico, renombrado o identificado con la letra “B”, esta norma y como otras existentes, está supeditada a ensayos de prueba, concretamente 5, que establecerán mediante CLASES el nivel de protección, siendo el máximo en función a la prueba 6 o 3. Y en este caso frente al virus del Ébola, habría que ceñirse en los tres primeros, siendo la clasificación máxima 6.

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