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La Comisión Europea, contra las prácticas desleales en la cadena de suministro alimentario

15/07/2014

15 de julio de 2014

La Comisión Europea ha adoptado una Comunicación en la que se anima a los Estados miembros a buscar medios para mejorar la protección de los pequeños productores de alimentos y minoristas contra las prácticas desleales de sus socios comerciales, a veces mucho más fuertes. Antes de que un producto alimenticio llegue al consumidor, muchos agentes del mercado distintos (productores, transformadores, minoristas, etc.) de la cadena de suministro alimentario aumentan su calidad y valor. Debido a fenómenos como la mayor concentración del mercado, existen grados muy distintos de poder de negociación en las relaciones entre los agentes de la cadena de suministro alimentario. Aunque las diferencias en el poder de negociación son comunes y legítimas en las relaciones comerciales, estos desequilibrios pueden dar lugar a prácticas comerciales desleales en algunos casos.

Michel Barnier, comisario de Mercado Interior y Servicios, ha declarado lo siguiente: “Como consumidores, podemos ir a comprar a las tiendas del barrio, pero la cadena de suministro alimentario tiene una clara dimensión de mercado único europeo. Tiene que haber unas condiciones de competencia leales y equitativas entre las pymes minoristas y proveedoras de alimentos, por una parte, y los grandes fabricantes y cadenas de supermercados multinacionales, por otra. Las prácticas comerciales desleales ponen esto en peligro. El sector ya ha realizado importantes y valiosos esfuerzos para hacer frente a los comportamientos desleales y debería seguir realizándolos. Los Estados miembros han de asegurarse de que tienen unas normativas eficaces y coherentes que se basen en las iniciativas de autorregulación y las complementen”.

Algunas de estas prácticas son las siguientes:

  • Evitar o rechazar poner por escrito cláusulas comerciales esenciales.
  • Cambios unilaterales retroactivos del coste o el precio de los productos o servicios.
  • Transferencia de riesgos injustificados o desproporcionados a una parte contratante.
  • Alteración deliberada del calendario de entrega o recepción para obtener un beneficio injustificado.
  • Concluir unilateralmente una relación comercial sin previo aviso o mediante un plazo de preaviso exageradamente corto y sin motivo objetivamente justificado.

La cadena de suministro alimentario no solo es crucial para la vida cotidiana y el bienestar de los consumidores, sino que también es importante para el conjunto de la economía, ya que da empleo a más de 47 millones de personas en la UE, a menudo en pymes, y representa alrededor del 7% del valor añadido bruto de la UE. El tamaño total del mercado del comercio minorista de productos relacionados con la alimentación en la UE se estima en 1,05 billones de euros. La cadena de suministro alimentario tiene una fuerte dimensión internacional y reviste especial importante en el mercado único. El comercio transfronterizo entre Estados miembros de la UE representa alrededor del 20% del total de la producción de alimentos de la UE. Hay estimaciones que indican que al menos un 70% del volumen total anual de exportaciones de productos agrícolas de países de la UE se dirige a otros Estados miembros de la Unión.

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