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Las personas que soliciten la cotización por becas anteriores pagarán 75 euros al mes

24/10/2011

24 de octubre de 2011

Aquellas personas que pidan que se les reconozca los periodos de beca remunerada para su cotización a efectos del cálculo de la pensión de jubilación, tendrán que abonar como máximo en torno a 1.800 euros, es decir, un abono aproximado de unos 75 euros por cada mes de cotización dentro del periodo reconocido, que no será superior a dos años, los dos últimos en los que el demandante fue becario, independientemente de en qué años se cumplieron.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes este Real Decreto, que previsiblemente se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a finales de esta semana para su entrada en vigor el 1 de noviembre, en el que se regula la cotización por programas formativos, en desarrollo de la disposición adicional tercera de la Ley de reforma de las pensiones. Según fuentes de la Seguridad Social, quienes soliciten a través de un convenio especial esta cotización con efecto retroactivo, para lo que habrá un plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2012, la base de cotización estará constituida por la base mínima vigente en el Régimen General en el periodo que corresponda, a la que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77.

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, afirmó que más de 100.000 personas podrán acreditar sus labores como becarios y cotizar por ello a la Seguridad Social. Por su parte, el portavoz del Gobierno, José Blanco, ha asegurado que con esta medida “los becarios no serán precarios” y ha concluido diciendo que se “ha dado respuesta a una reivindicación histórica de este colectivo”. Por su parte, aquellas personas que a partir de la entrada en vigor del Real Decreto participen en programas de formación remunerados, cotizarán desde la fecha de inicio hasta el cese de actividad por la base mínima de cotización en vigor, con una media de 40 euros, de los que la mayor parte, unos 38 euros serán abonados por la entidad pagadora de la beca, y alrededor de dos euros por cuenta del cotizante.