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Así se gestiona el aceite usado en Europa

Redacción Interempresas04/12/2013
Por su elevado potencial de contaminación, y por lo amplio y disperso de su generación, el aceite industrial usado fue uno de los primeros residuos regulados por la legislación europea, hace casi 40 años. Desde entonces, se han desarrollado distintos modelos de gestión en función de qué actor se hace responsable financieramente de la misma: fabricantes, poseedores (del residuo) o el Estado.

En 1975, mucho antes de la adhesión de España a la Unión Europea, e incluso de forma previa a la aparición de normativas genéricas en el ámbito de los residuos, ya se legisló de forma específica sobre el aceite usado, con la publicación de una Directiva por la que se pedía a los Estados miembros que aseguraran su recogida selectiva y correcta gestión, instándoles a realizar campañas de información pública, habilitándoles para fomentar económicamente –si fuera necesario– actividades empresariales en este sentido, y otorgando prioridad al tratamiento mediante regeneración, es decir, la obtención de aceites base a partir del aceite usado.

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Durante los años 80 la mayoría de los aceites usados eran destinados a su combustión con recuperación de energía en cementeras o centrales térmicas, aprovechando el alto poder calorífico de este residuo, así como ciertas exenciones fiscales que, en muchos países, como España, favorecían la producción de combustibles procedentes del aceite usado. La rentabilidad de este tratamiento, en oposición a las fuertes inversiones requeridas por las instalaciones de regeneración, hizo que este último proceso de gestión fuera minoritario durante los últimos años del siglo XX. En 1998, la Comisión Europea informaba de que se estaba recogiendo el 75% del aceite usado generado, regenerándose sólo el 36% de lo recogido, lo que incumplía rotundamente la prioridad dada por la legislación.

Mucho ha cambiado el panorama de la gestión del aceite usado en Europa desde entonces. Hoy día, los porcentajes de recuperación se acercan al 100% en la mayoría de países de Europa occidental, y prácticamente todos los países han introducido medidas expresas para fomentar la regeneración, que es el tratamiento mayoritario, con tasas en algunos casos, como Italia o Dinamarca, cercanas al 90%, y con un buen número de grandes empresas dedicadas a este tipo de procesamiento.

La excepción está en el Reino Unido, donde el legislador ha sido, durante muchos años, reacio a introducir la prioridad por la regeneración en el tratamiento de los aceites usados, ante la inexistencia de instalaciones de este tipo en territorio británico. De hecho, en 2004 el Gobierno inglés ya fue condenado por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por no haber aplicado dicha prioridad establecida en la regulación europea. Sólo de manera muy reciente (desde 2010) ha surgido una empresa de regeneración, en paralelo a un cierto reconocimiento por parte del departamento británico de medio ambiente de la necesidad de nuevas plantas de este tipo, aunque, en sentido contrario, también ha promovido un protocolo que favorece la comercialización de fuel procedente del aceite usado, adquiriendo la condición de no-residuo.

Alemania fue otro caso de condena del Tribunal europeo de Justicia por no priorizar la regeneración sobre otros tratamientos del aceite usado. En su caso, en 1999, lo que motivó un importante cambio en sentido inverso: no sólo se estableció la preferencia en la regulación nacional sino que se instituyó un régimen de subvenciones públicas a las plantas de regeneración, que se extendió hasta 2007, y que promovió una importante industria en este ámbito.

Regímenes de ayudas similares, tanto a la regeneración como a la recogida de los aceites usados, se han aplicado en un buen número de países europeos. En Finlandia, desde 1987 se aplica un impuesto –que permanece en la actualidad– sobre los aceites lubricantes comercializados, destinado a sufragar los costes de la recogida y tratamiento del aceite usado resultante, así como eventuales vertidos sobre el suelo. También desde los años 80 en Francia comenzó a funcionar un sistema de subvención pública a la gestión de los aceites usados, que actualmente obtiene sus ingresos de un impuesto que grava las actividades potencialmente contaminantes (donde se incluye la compra de lubricantes). Y en Dinamarca se aplicó un sistema similar hasta el año 2000.

Respecto a quién se hace responsable de la correcta gestión del residuo, en todos los países los individuos y empresas (talleres, industria) que generan los aceites usados están obligados a entregarlos en los lugares o a las empresas autorizadas para ello, estando prohibido su vertido, incineración o mezcla con otros residuos.

Responsabilidad económica: Modelos de gestión

Desde el punto de vista de la responsabilidad económica, es decir, de la financiación de las operaciones de gestión, tres son los mecanismos fundamentales que se aplican en Europa:

• El cargo a costa de los poseedores del residuo (es decir, los individuos o empresas que generan aceites usados), que es el concepto que domina la normativa en el Reino Unido, Holanda o Alemania (en este caso, sólo para los aceites de uso industrial, ya que para los aceites de motor existe un sistema distinto, según el cual los distribuidores y vendedores, como los talleres, deben recoger gratuitamente el aceite usado de los consumidores o exhibir un listado de los puntos de recogida más cercanos).

• La financiación estatal (donde se encontrarían los ya mencionados casos de Francia o Finlandia).

• La aplicación del principio de responsabilidad del productor (las empresas que comercializan los aceites nuevos) que, como ya se ha mencionado en artículos precedentes, obliga a los responsables de la puesta en el mercado de aceites industriales que generarán un residuo a sufragar los costes de la recogida y gestión de éste.

En este último sentido, el auténtico pionero fue Italia, que ya en 1982 creó un consorcio público y de obligatoria adhesión para todas las empresas que comercializaran lubricantes, que debían pagar una cuota en función del aceite que pusieran en el mercado, en lo que supuso, en la práctica, un sistema de responsabilidad del productor (el fabricante del aceite) cuando ni siquiera este concepto se había mencionado en la política de residuos comunitaria.

Ya en los años 2000 surgieron sistemas similares en Bélgica (entre 2002 y 2004 en las tres regiones del país), Portugal (2006) y España (2007). A diferencia del modelo italiano, en estos países los propios fabricantes han organizado sistemas colectivos sin presencia gubernamental para la recogida del aceite usado, como SIGAUS en España.

A su vez, la peculiaridad del sistema belga es que, además de financiar a las empresas gestoras, se compensan los costes de las instalaciones municipales creadas para atender la recogida de aceite usado de particulares. También se compensa, aunque en menor medida, a las empresas que generan menos de 1.000 litros al año. Por su parte, el SIG portugués, SOGILUB, es singular porque mantiene la titularidad del residuo recogido por los gestores con los que mantiene contratos, no siendo libre la entrega del residuo a gestores finales, sino que ésta es mediada por el SIG mediante concursos públicos.

Por último, cabe reseñar el caso danés, que se alinearía con un sistema de responsabilidad del productor, pero sólo para los aceites considerados regenerables, con un sistema voluntario (no existe obligación legal) organizado por la industria del lubricante.

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