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Conaif informa que el IVA del mantenimiento de las instalaciones tributa al 18%

14/07/2011

14 de julio de 2011

El Ministerio de Economía y Hacienda, a través de su Dirección General de Tributos, ha respondido a Conaif que el IVA del mantenimiento periódico de instalaciones tributa al 18%. Esta respuesta es consecuencia de la consulta vinculante presentada por Conaif ante dicho organismo público el pasado 31 de marzo de 2011, debido a la confusión existente entre el colectivo de instaladores con el tipo de IVA aplicable a las actividades de mantenimiento de las instalaciones: o bien el general del 18% o bien el reducido del 8%.
Según indica el organismo público en la respuesta dada a Conaif, “las operaciones de mantenimiento periódico de instalaciones de fontanería, gas, calefacción, climatización, protección contra incendios, electricidad y afines, en edificios de viviendas, no tienen la consideración, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de ejecuciones de obra, condición indispensable para la aplicación del tipo impositivo del 8 por ciento […]. Dichas operaciones, que tienen la consideración de prestaciones de servicios, tributan por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo del 18 por ciento”.

Con anterioridad a tomar la citada iniciativa, Conaif había tenido conocimiento de varias resoluciones contradictorias entre sí sobre esta misma materia. Por eso se decidió a aclarar cuál es el tipo impositivo que ha de aplicarse a las operaciones de mantenimiento periódico de la totalidad o parte de los componentes de instalaciones realizadas por instaladores en el ámbito de su actividad.

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