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No existe a día de hoy ningún verificador de GEI acreditado por ENAC que no sean los que ya operan en el programa europeo de comercio de derechos de emisión (EU CDE)

El valor de la acreditación en la verificación* de emisiones de gases de efecto invernadero

Entidad Nacional de Acreditación (ENAC)27/07/2016
Actualmente, existen en el mercado numerosos programas que exigen el cálculo o la estimación de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) como paso intermedio para declarar, reducir, compensar, absorber o intercambiar las emisiones o bien para facilitar que éstas sean objeto de auténticas transacciones comerciales.

La cuantificación de las emisiones de GEI de un proyecto, instalación o producto es, sin duda, un paso necesario para aquellas compañías que pretenden implementar políticas y estrategias encaminadas a mitigar el cambio climático.

Por otra parte, es frecuente que se declaren y se establezcan comparativas entre el CO2 emitido por unidad de producto fabricado (conocidas como huellas de carbono).

Hoy en día, los mercados están ya familiarizados con este parámetro como un indicador de sostenibilidad y la comparación entre emisiones declaradas es ampliamente usada como criterio de compra, importación o selección de proveedores.

En determinados sectores muy activos en exportación _como es el de bebidas y alimentación_ las emisiones de CO2 verificadas se han convertido en una parte irrenunciable del pasaporte del producto para atravesar las fronteras del país de destino.

En otras ocasiones, las reducciones, una vez verificadas, pasan a formar parte de los logros particulares de una compañía o una instalación frente a sus propietarios o accionistas.

Además, su uso en el sector público puede ser mostrado por las distintas administraciones como el fruto de la implantación de sus políticas de mitigación del cambio climático. Incluso, en ocasiones, son los propios Estados los que valoran e invierten dinero público (adquisición de créditos de carbono) hacia proyectos o iniciativas que han demostrado que contribuyen a la reducción de las emisiones.

En este último caso, las reducciones de las emisiones o bien las remociones netas a través de sumideros son valoradas económicamente, lo que implica que, a la tonelada de CO2 no emitida o bien retirada de la atmosfera, no solo se le atribuye un valor económico sino que es financiada con dinero público.

En este escenario, la confianza en la bondad del cálculo es imprescindible para garantizar transacciones de carbono fiables. Por eso, uno de los frenos a la convergencia de los mercados de carbono existentes es la desconfianza en el valor otorgado al cálculo de la tonelada de CO2.

¿Qué pensaríamos ante billetes de 100 € de distinto valor real dependiendo, por ejemplo, del lugar donde hayan sido impresos?

Todo lo expuesto hace patente la necesidad de que las cuantificaciones de emisiones de instalaciones, proyectos o productos respondan al más elevado nivel de rigor. Las propias normas internacionales en la materia (ISO14064) exigen una verificación o validación independiente sobre cualquier declaración de emisiones que se lleve a cabo.

Y es en este contexto en el que la acreditación demuestra su valor como herramienta usada de manera extensiva en prácticamente todo el mundo desde hace años para demostrar la competencia técnica de los verificadores.

En Europa, la acreditación está regulada en el Reglamento (CE) nº 765/2008, en el que se fija un modelo de acreditación basado en la existencia de un único Organismo Nacional de Acreditación en cada Estado miembro, formalmente designado y con potestad pública para llevar a cabo su función. En España, ese organismo es la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

Prueba de la confianza que la acreditación aporta es el hecho de que la Comisión Europea haya apostado de manera clara por la acreditación en las actividades de verificación de GEI, estableciendo reglamentariamente que solamente los verificadores acreditados por un Organismo Nacional de Acreditación puedan operar tanto en el programa europeo de comercio de derechos de emisión, establecido hace ya años, como en las Verificaciones de Planes de Seguimiento e Informes de emisión de dióxido de carbono generadas por el transporte marítimo (Reg. 757/2015), que va a ser puesto en marcha a lo largo de este año.

Por eso, cuando una empresa se plantea contratar servicios de verificación de emisiones, si quiere contar con las máximas garantías de competencia técnica, sin correr riesgos, debe optar por verificadores acreditados para las actividades contratadas, porque solamente ellos han demostrado disponer de la necesaria competencia técnica.

Situación en España

No obstante, la situación en España a día de hoy se caracteriza por la disparidad de las declaraciones sobre emisiones (meras cifras, marcas, “certificaciones“), de los programas existentes, el alto número de mensajes divergentes que llegan al usuario final acerca de las toneladas de CO2 y la variedad del alcance considerado de cada uno (asociadas a una actividad concreta, a una parte de ella, a un producto o a su proceso de fabricación, etc.), pudiendo cada una de ellas ir o no asociadas a compromisos de reducción.

Esta divergencia de información y el desconocimiento del significado y contenido técnico de cada programa, provoca, entre otras cosas, que se asuma que todos los trabajos de verificación de emisiones llevan el amparo de la acreditación de ENAC (aparentemente por llevarlo en otros ámbitos distintos de la verificación), cuando no es así.

Curiosamente, los distintos agentes activos en estos mercados parecen haber asumido que, por defecto, las verificaciones que se realizan se llevan al amparo de la acreditación de ENAC, cuando en realidad, no existe a día de hoy ningún verificador de GEI acreditado por ENAC que no sean los ya mencionados que operan en el programa europeo de comercio de derechos de emisión (EU CDE). Por todo ello, ENAC recibe un gran número de preguntas, informaciones e incluso reclamaciones relativas a la actuación de algunos verificadores en programas de GEI distintos al mencionado como: huella de carbono de producto o de organizaciones o proyectos, sellos, marcas, etc.

Así en España, al contrario que en la mayoría de los países de nuestro entorno, no existe ninguna entidad de verificación que opere con acreditación ENAC para las verificaciones de huella de carbono de organizaciones y de producto según distintos estándares como pueden ser la ISO 14064 y la ISO 14067. Entre los beneficios que una acreditación específica aportaría a estos esquemas se pueden enumerar las siguientes:

  • Mejorar la rigurosidad de las declaraciones y dictámenes de los procesos de verificación y, en consecuencia, incrementar la fiabilidad del dato de emisiones reportado al usuario final.
  • Facilitar la comparabilidad de las verificaciones ofertadas para cada programa de emisiones y, por ende, contribuir a la armonización de los niveles de aseguramiento conseguidos cuando son establecidos por los distintos programas.
  • Facilitar la creación de las condiciones óptimas para que se desarrollen mercados y comercios basados en las emisiones.
  • Garantizar la competencia técnica del verificador para el programa concreto de cálculo de huella de carbono, evitando la confusión y equiparación sobre las competencias necesarias para abordar procesos de verificación de cálculos de emisiones GEI en ámbitos que nada tienen que ver, por ejemplo, con el programa EU-ETS con respecto a ISO 14064 o PAS 2050.
  • Dar la confianza necesaria a los operadores/gestores de programas de cálculo de huella de carbono, así como a las administraciones públicas que financian de una manera u otra la reducción/compensación voluntaria de emisiones GEI, evitando, por tanto, el riesgo que supone reconocer a verificadores acreditados en ámbitos y alcances que nada pueden tener que ver con el proyecto financiado, lo cual deja de aportar fiabilidad al dato que se está reportando.

ENAC está en estos momentos en disposición de acreditar a verificadores de emisiones para trabajar en programas distintos al comercio europeo de derechos de emisión.

*En este artículo se utiliza el término verificación para significar tanto verificación como validación de declaraciones de emisiones

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Las reducciones de las emisiones son valoradas económicamente e intercambiadas por dinero: la tonelada de CO2 dejada de emitir o bien retirada de la atmósfera no solo se le atribuye un valor económico, sino que puede llegar a ser financiada con dinero público. Pero uno de los frenos a la convergencia de los mercados de carbono existentes es la desconfianza en el valor otorgado al cálculo de la tonelada de CO2

Cuando una empresa se plantea contratar servicios de verificación de emisiones, si quiere contar con las máximas garantías de competencia técnica sin correr riesgos, debe optar por verificadores acreditados para las actividades contratadas porque solamente ellos han demostrado disponer de la necesaria competencia técnico

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