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Normativa europea respecto a fitosanitarios

Uso de Endosulfan en pepino, berenjena, calabacín y judía verde

FERNÁNDEZ-REBOLLOS, MARTA24/10/2001

24 de octubre de 2001

Desde que entró en vigor la revisión de diciembre de 2000 de las normas específicas de cultivo (serie de normas comprendidas entre la UNE 155001-2 y la UNE 155001-13), no está autorizado el empleo de Endosulfan en pepino, berenjena, calabacín y judía verde (sí estaba autorizado por las normas específicas del 98).

Desde que entró en vigor la revisión de diciembre de 2000 de las normas específicas de cultivo (normas comprendidas entre la UNE 155001-2 y la UNE 155001-13), no está autorizado el empleo de Endosulfan en pepino, berenjena, calabacín y judía verde; en cambio, sí estaba autorizado por las normas específicas de 1998. El empleo del Endosulfan en estos cultivos, que puede ocasionar situaciones de alerta fitosanitaria, puede impedir la concesión de la marca AENOR y ser sancionado por el CTC 054 con una suspensión o retirada de esta.

Para más información: www.aenor.es

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