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¿Pueden circular los vehículos de empresas del sector de la maquinaria agrícola?

26/03/2020

Quedan excluidos de las restricciones de circulación, siguiendo las pautas establecidas por la legislación vigente, los vehículos destinados a la producción, distribución, alquiler y reparación de equipos y maquinaria para la agricultura, la pesca, la ganadería, y su industria asociada, lo que incluye la actividad realizada por fabricantes de máquinas y sus componentes, distribuidores y concesionarios, empresas de alquiler, y de reparación y mantenimiento de máquinas para la agricultura y ganadería.

También los destinados a la producción, comercialización, transformación y distribución de productos agrícolas, ganaderos y pesqueros, y sus insumos, los dedicados al transporte y tratamiento de residuos y subproductos agrícolas, ganaderos y pesqueros, y de la industria alimentaria, los destinados al transporte de mercancías perecederas, así como las frutas y verduras frescas. La mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga útil del vehículo. Igualmente, quedan excluidos de las restricciones de circulación los destinados a la distribución de alimentos.

Así lo recoge el artículo 1.2 de la Orden INT/284/2020, de 25 de marzo, y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 26 de marzo, que modifica la Orden INT/ 262/2020, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, donde se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

En general, la maquinaria agrícola puede circular siguiendo las pautas establecidas por la legislación vigente
En general, la maquinaria agrícola puede circular siguiendo las pautas establecidas por la legislación vigente.

En este sentido, la Asociación Nacional de Maquinaria Agropecuaria, Forestal y de Espacios Verdes (Ansemat) ruega encarecidamente a todas las empresas seguir las medidas y protocolos de seguridad para eliminar el riesgo de contagio por COVID-19 durante el desarrollo de todas sus actividades.

Ansemat trabaja a diario con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), para clarificar la situación legal que permita a las empresas del sector seguir dando servicio a agricultores y ganaderos para garantizar la producción de alimentos, y agradece a los profesionales del MAPA su apoyo continuo, más aún en estos momentos en los que están trabajando sin descanso.

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