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Las instalaciones de agua, luz y gas siempre deben estar al día

Cuando renovarse es garantía de seguridad

Víctor Comas03/09/2012
Nadie concibe una vivienda habitable sin una instalación de agua y luz, y entre las generaciones más jóvenes, seguramente tampoco sin gas. El uso cotidiano de dichas instalaciones, sin aparentes fallos en la mayoría de los casos, hace que su mantenimiento quede en un segundo plano, hasta que llega la inoportuna avería que nos obliga a emprender una costosa reparación. Es entonces, cuando alguien nos recuerda aquella inoportuna frase de "... si esto se hubiera revisado en su día, ahora no tendríais que...".

Las instalaciones de agua, luz y gas envejecen, se deterioran e incluso, con los constantes avances tecnológicos de la industria, quedan anticuadas, obsoletas o desfasadas. Está es una verdad que todos sabemos, pero que la mayoría de usuarios y consumidores tienen olvidada. No debería ser así, y la renovación y revisión periódica de la instalaciones de agua, luz y gas en todos los hogares debería ser una práctica habitual.

El mantenimiento de las instalaciones domésticas de agua, luz y gas queda en la mayoría de hogares en un segundo plano...
El mantenimiento de las instalaciones domésticas de agua, luz y gas queda en la mayoría de hogares en un segundo plano, hasta que llega una inoportuna avería y …

¿Renovar o revisar?

Es evidente que aquellas viviendas de edificación antigua que desde su construcción original no hayan acometido ninguna mejora sobre las instalaciones de agua y de luz, deben realizar una renovación integral de las mismas. En el resto de inmuebles, tan sólo es necesario efectuar revisiones periódicas de ambas instalaciones.

Instalaciones eléctricas

De forma genérica se puede establecer que todos aquellos que habiten una vivienda construida antes del año 1985 y mantienen la instalación eléctrica antigua, deben cambiarla cuanto antes para adaptarla a la reglamentación vigente en esta materia. Con anterioridad a 1985, debido a que las escasas normativas existentes en dicha fecha ya han quedado muy desfasadas, todos los inmuebles tienen redes eléctricas inseguras que carecen de los elementos y los dispositivos de protección que exige la legislación vigente.

Los interruptores del cuadro de mando de la instalación eléctrica deben revisarse anualmente
Los interruptores del cuadro de mando de la instalación eléctrica deben revisarse anualmente.

Según la opinión de instaladores profesionales consultados para la realización de este artículo, cualquier instalación eléctrica antigua (con más de 24 años) es peligrosa, en el caso de no haber sido sometida a ningún tipo de revisión o modificación profesional para renovar los elementos deteriorados y adaptarse a la demanda de potencia. Coincide en esta opinión la Plataforma para la Revisión de las Instalaciones Eléctricas (PRIE), cuyo uno de sus representantes explica que “en este tipo de instalaciones, los riesgos de incendios y accidentes eléctricos son muy altos”.

Aún son demasiadas las viviendas en las que el plomo es protagonista en la mayor parte de tuberías y conducciones de agua...
Aún son demasiadas las viviendas en las que el plomo es protagonista en la mayor parte de tuberías y conducciones de agua.

En los inmuebles construidos con posterioridad al año 1985, es aconsejable que un instalador profesional realice revisiones periódicas de los distintos elementos de la instalación dentro de los siguientes plazos: anualmente, si se trata de todos los interruptores del cuadro de mando; cada dos años, para los fusibles de protección, interruptores y bases de enchufe; cada cinco años, en el caso de los dispositivos de protección contra cortocircuitos; y cada diez años, para revisar la instalación completa. En el caso de tener que acometer la reforma completa de la instalación eléctrica, es aconsejable aprovechar la ocasión para colocar todos los puntos de luz necesarios, y olvidarte así de empalmes, alargadores y bases múltiples, y apostar a su vez por conductos de polietileno o polipropileno, materiales mucho más sostenibles que el PVC.

Instalaciones de agua

Aunque hace más de 25 años que las tuberías de plomo no se colocan en las viviendas, son aún muchas la que mantienen en la actualidad sus sistemas de conducción de agua a través de tuberías de plomo, un material que produce elevadísimos valores de concentración de sustancias perjudiciales, lo que conlleva graves riesgos para la salud, y contraviene claramente las indicaciones del Código Técnico de Edificación (CTE)

La revisión periódica de la instalación de agua del hogar debe centrarse en el control por parte del propio usuario sobre la no existencia de fugas...
La revisión periódica de la instalación de agua del hogar debe centrarse en el control por parte del propio usuario sobre la no existencia de fugas, goteos o presencia de corrosión.

Según indica dicho Código, los materiales empleados en las tuberías y en los accesorios de las instalaciones de agua, no pueden producir concentraciones de sustancias nocivas que excedan los valores permitidos por el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero. Igualmente, no deben modificar la potabilidad, el olor, el color, ni el sabor del agua; deben ser materiales resistentes a la corrosión interior, a temperaturas de hasta 40 °C y a las temperaturas exteriores de su entorno inmediato. Es evidente que toda instalación de agua que mantenga elementos de plomo debe ser renovada.

En opinión de los profesionales consultados es aconsejable que las tuberías de saneamiento sean de polipropileno, polibutileno o polietileno, en lugar de PVC, ya que con estos materiales las conducciones serán más estables, flexibles, duraderas y menos ruidosas.

Por lo que se refiere a la revisión periódica de la instalación, su mantenimiento debe centrarse en el control por parte del propio usuario sobre la no existencia de fugas, goteos o presencia de corrosión, y que todos los accesorios de la misma estén limpios. La revisión por parte de un profesional se aconseja realizar cada dos años, con especial atención a las llaves de paso, y es muy recomendable realizar cada cuatro años una prueba de estanqueidad y funcionamiento.

Instalaciones de gas

Las instalaciones de gas para uso doméstico en una vivienda son mucho más recientes que las de agua y luz, y por ese motivo, ya desde los inicios de su aplicación están sujetas a una normativa más estricta sobre su mantenimiento y revisión.

Conforme a la legislación vigente, la realización de la inspección de la instalación del gas corresponde siempre a la empresa distribuidora...
Conforme a la legislación vigente, la realización de la inspección de la instalación del gas corresponde siempre a la empresa distribuidora, que está obligada a realizarla cada 5 años.

De acuerdo con la legislación vigente, el mantenimiento, conservación y buen uso de la instalación de gas natural es responsabilidad del titular de la misma o, en su defecto, de los usuarios. Para poder asegurar su correcto funcionamiento y detectar posibles anomalías, las instalaciones de gas natural deben ser inspeccionadas periódicamente. Conforme a la legislación vigente, la realización de la inspección corresponde siempre a la empresa distribuidora de gas, que está obligada a realizarla cada 5 años (Real Decreto 919/2006 de fecha 28.07.2006). Además, en el año 2007, el Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE) introdujo una nueva revisión obligatoria de los equipos de climatización, entre los que se incluyen las calderas, con el fin de evaluar y mejorar su eficiencia. Esta revisión viene a sumarse a la inspección quinquenal de la seguridad de la instalación de gas.

La renovación y revisión periódica de la instalaciones de agua, luz y gas en todos los hogares debería ser una práctica habitual...
La renovación y revisión periódica de la instalaciones de agua, luz y gas en todos los hogares debería ser una práctica habitual.

La inspección periódica de una instalación de gas debe consistir básicamente en la comprobación a través de sus partes visibles y accesibles de la estanquidad y la verificación del buen estado de conservación de la misma, de la combustión higiénica de los aparatos a gas y de la correcta evacuación de los productos de la combustión, constatando su adecuación a las condiciones reglamentarias de seguridad.

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