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Ayudas de 40.000 euros en Cantabria para sufragar los gastos de vacíos sanitarios

30/03/2022

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado el extracto de la resolución de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria por la que se convocan las ayudas por periodos de cuarentena de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino objeto de vacíos sanitarios por detección de brucelosis, tuberculosis bovina, brucelosis ovina y caprina o tuberculosis ovina y caprina, en el marco de las campañas de saneamiento ganadero de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Tendrán derecho a la percepción de las presentes ayudas los titulares de explotaciones en las que, con motivo de la confirmación oficial de un foco de tuberculosis o brucelosis, se haya realizado un vacío sanitario en el periodo comprendido entre el 2 de septiembre de 2017 y el 31 de diciembre de 2021.

El importe de la ayuda será determinado en base a los márgenes netos de las principales actividades productivas ganaderas de las explotaciones durante un periodo de tres meses. En los casos en los que se haya autorizado la reducción del periodo de cuarentena por debajo de los tres meses, el importe de la ayuda se reducirá proporcionalmente a la reducción del periodo de cuarentena.

Rebaño de pequeños rumiantes en zona de montaña
Rebaño de pequeños rumiantes en zona de montaña.

Para ser beneficiario de este tipo de ayudas, los titulares de las explotaciones ganaderas deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; tratarse de explotaciones de productores ganaderos en actividad y que las explotaciones tengan la condición de pymes, y hallarse inscrita la explotación en el Registro General de Explotaciones Ganaderas. Además, la explotación no debe estar sujeta a una orden de recuperación pendiente y no se trate de una empresa en crisis.

Los posibles beneficiarios deberán cumplir con el compromiso del titular de la explotación de mantener su titularidad, así como su pleno funcionamiento durante un periodo mínimo de dos años; haber sido objeto de un vacío sanitario; no haber sido beneficiario previamente de ayudas por los periodos de cuarentena para la actuación de vacío sanitario para el que se solicita la ayuda; haber cumplido en el último año toda la normativa vigente en materia de sanidad animal e identificación y registro de explotaciones, y no haber sido sancionado.

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