El Gobierno aprueba el almacenamiento de subproductos de porcino con hidrólisis
18 de noviembre de 2013
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente en materia de normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano. Se trata de una norma que permite el uso de la hidrólisis como método de almacenamiento temporal de ciertos subproductos de porcino.
La hidrólisis seguida de eliminación, es un método para el almacenamiento temporal de ciertos subproductos de la especie porcina durante el que se producen fenómenos espontáneos de auto hidrólisis bajo determinadas condiciones, requisitos y prescripciones. Por ello, y tal como establece la nueve normativa, los productores de porcino podrán gestionar materiales generados en la propia explotación en la que se lleva a cabo la hidrólisis
Las principales novedades que se introducen se refieren a ciertos requisitos que deben cumplir los contenedores, al procedimiento de trabajo y, fundamentalmente, al control oficial que debe llevarse a cabo por las autoridades competentes. En particular, se exige que se controlen regularmente los contenedores para verificar la ausencia de corrosión y de fugas. Esto hace necesario establecer algunas características mínimas de los contenedores que garanticen que han sido concebidos y construidos específicamente para el almacenamiento de los subproductos animales, en condiciones seguras desde el punto de vista sanitario y medioambiental. La autorización de sistemas herméticos de almacenamiento temporal seguro en las granjas supondrá una alternativa de especial interés desde el punto de vista de la bioseguridad de las explotaciones.