El Juzgado de lo Social no 4 de Navarra ha dictado una sentencia pionera en lo referente al riesgo de exposición a nanopartículas. Es la primera que se dicta en Europa en relación con el riesgo que suponen los nanomateriales. RIESGOS EMERGENTES 27 cación de la ‘Guía de la OMS para la protección de los trabajadores frente a los riesgos potenciales de los nanomateriales manufactu- rados’, se ha dictado en Navarra la primera sentencia de Europa relacionada con el riesgo para la salud en el manejo de nanoparticu- las en entornos laborales, dando por buenos estudios no definitivos, pero con indicios de veracidad respecto a los efectos sobre la salud de las nanopartículas; se dice en la sentencia: “Cuando la ciencia no puede probar algo, ello no significa necesariamente que eso no es verdad, y ese axioma filosófico sirve para descartar que el informe médico al que se imputa el daño sea erróneo”. En cualquier caso, es necesario desarrollar mayor número de estu- dios orientados a determinar posibles efectos nocivos sobre la salud y herramientas que permitan establecer valores límites fia- bles, tanto para las exposiciones laborales como para la población general. Primera sentencia laboral en Europa sobre exposición a nanopartículas en Navarra El Juzgado de los de Social no 4 de Navarra ha dictado una senten- cia pionera en lo referente al riesgo de exposición a nanopartículas en la que avala la no contratación de un trabajador tras un reco- nocimiento médico inicial no apto para el puesto al que iba a ser contratado (Sentencia 000347/2017 Juzgado de lo Social no. 4 de los de Social de Navarra). El trabajador padecía de enfermedad renal e iba a trabajar con nanomateriales. El Servicio de Prevención reco- mendó asignar otro puesto de trabajo para el demandante a lo que la empresa no pudo dar respuesta y por lo tanto no procedió a con- tratar al trabajador. Durante el juicio, tras requerir numerosos informes respecto a la afección de los nanomateriales sobre la función renal del trabaja- dor, la sala dio por validos unos recientes estudios científicos que “presumían“que la exposición a dichas nanopartículas en ese puesto de trabajo”probablemente” afectarían el estado de salud del deman- dante y basándose en ellos dio la razón a la empresa, a su Servicio de Prevención, al facultativo que hizo el reconocimiento médico y a la aseguradora de la empresa. De esta sentencia que es la primera que se dicta en Europa en rela- ción con el riesgo que suponen los nanomateriales es destacar: • Daporbuenosestudiosnodefinitivos,peroconindiciosdevera- cidad respecto a los efectos sobre la salud de las nanopartículas: • “Las nanopartículas son partículas con una o más dimensiones del orden de 100 nm o menos (1nm = 10-9) y las generadas delibera- damente se producen mediante las llamadas nanotecnologías, de