SECTOR 18 ¿Hasta ahora cuáles eran las principales características de los vinos de la DO Bierzo? El vino tinto se elaborará con las variedades Mencía y Garnacha Tintorera con, al menos, un 70% de uva de la variedad Mencía. El vino rosado se elaborará con las variedades Mencía y Garnacha Tintorera, como varie- dades tintas y Godello, Doña Blanca y/o Palomino, como variedades blancas con, al menos, un 50% de uva de la variedad Mencía. El vino blanco se elaborará con las variedades Godello, Doña Blanca, Malvasía y Palomino. La producción no puede pasar de 11.000 kg/hectárea (salvo Garnacha y Palomino 12.000 kg/ ha) y se exige un grado alcohólico probable mínimo de 11,5% para las variedades tintas (excepto Garnacha 11%) y 10,5% para las variedades blancas. ¿Qué novedades aporta la nueva normativa de la DO Bierzo? El nuevo pliego de condiciones aprobado trae nove- dades importantes como la incorporación de las variedades autóctonas Merenzao y Estaladiña, de gran interés enológico y que se suman a las variedades ya autorizadas: Mencía, Godello, Doña Blanca, Garnacha Tintorera, Palomino y Malvasía. Además, se podrán elaborar monovarietales de Garnacha Tintorera, de Merenzao y Estaladiña. Por último, el tradicional vino clarete también estará aco- gido por el Consejo Regulador y podrá beneficiarse de la marca Bierzo. El porcentaje de uvas tintas ten- drá que estar entre el 40% y el 60% y el resto deberá ser uva blanca de cualquiera de las variedades autorizadas. ¿Consideran que el mercado va a saber valorar la calidad que merecen los vinos elaborados en estas zonas? Por supuesto. Es la tendencia actual y el esfuerzo ha sido valorado en los mercados, por los sumilleres más prestigiosos y por los grandes amantes del vino. Varias denominaciones de origen en España también lo han iniciado, como La Rioja o Cava. No sólo tendrán más valor los vinos, sino que tendrán una mayor garantía de calidad. No olvidemos que, la nueva normativa exigirá a los viticultores que se quieran acoger a las nuevas designaciones de unidades geográficas meno- res, reducir el rendimiento de la uva (kilogramos por hectárea) entre un 20% y un 35% del máximo fijado actualmente por la Denominación de Origen Bierzo y que la trazabilidad será exhaustiva.• Condicionantes principales para acogerse a cada una de las unidades geográficas menores aprobadas • Vino de Villa. El 100% de la uva que se utilice debe proceder de parcelas que pertenezcan al municipio o pedanía en cuestión. El rendimiento de la uva (kg/ha) será un 20% menor al máximo fijado por la Denominación de Origen Bierzo. • Vino de Paraje. El 100% de las uvas que se utilicen deben proceder de un mismo paraje, de nombre reconocido en el pliego condiciones de la Denominación de Origen Bierzo. El rendimiento de la uva (kg/ha) será un 25% inferior al máximo fijado por la Denominación de Origen Bierzo. • Vino de Viña Clasificada. El 100% de las uvas que se utilicen deben proceder de una misma parcela o parcelas co- lindantes de un mismo paraje, de nombre reconocido en el pliego condiciones de la Denominación de Origen Bierzo y que al menos durante cinco años hayan sido tipificados como vinos de paraje y cuya calidad haya sido reconocida por el Comité de Expertos del Consejo Regulador. El rendimiento de la uva (kg/ha) será un 30% inferior al máximo fijado por la Denominación de Origen Bierzo. • Gran Vino de Viña Clasificada. Caso similar al anterior, pero tipificados con al menos cinco años como vinos de viña clasificada y cuya calidad haya sido reconocida por el Comité de Expertos del Consejo Regulador. El rendimien- to de la uva (kg/ha) será un 35% inferior al máximo fijado por la Denominación de Origen Bierzo.