La norma UNE-EN 62676-1-1:2015 proporciona este enfoque global de sistema de videovigilancia en contrapunto a las tra- dicionales normas de producto. Conclusiones Atendiendo a la situación actual reguladora (OM INT/316/2011), y teniendo en cuenta que un componente o sistema de Videovigilancia es un elemento de seguridad altamente determinante en la verificación de alarmas, dentro de los pro- cedimientos de verificación técnica por vídeo (artículo 8 de la OM INT/316/2011) es necesario establecer y certificar el grado de seguridad que cumple. En una instalación, éste no debe ser inferior al grado de segu- ridad del sistema en que se quiera integrar para no degradar el mismo. En el ámbito normativo de la seguridad privada todo elemento de seguridad conectado a una Central de Alarmas o Centro de Videovigilancia el grado de seguridad mínimo debe ser el grado 2 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden del Ministerio de Interior antes reseñada. Así pues, instalar un elemento de seguridad sin certificar el grado, o que como mínimo disponga de una certificación de grado 2 de seguridad, para conectarse a una central receptora de alarma, habiendo una norma UNE-EN aplicable al producto, puede introducir una vulnerabilidad en el sistema, restando eficacia a las medidas demitigación del riesgo y lo más grave constituir una infracción contra la normativa de seguridad pri- vada. Volver a reiterar que la norma UNE-EN 62676-1-1:2015 remplaza a la norma UNE-EN 50132-1, respecto de los elementos de videovigilancia que vayan a formar parte de un sistema de seguridad conectado a Central de Alarmas y por tanto, sería de aplicación para la aprobación de material del artículo 3 de la Orden del Ministerio de Interior 316/201 de 1 de febrero de funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada. El proceso que Alter Technology TÜV Nord ha efectuado para la certificación de componentes o sistemas de videovigilancia que vayan a conectarse a una Central de Alarmas o Centro de Videovigilancia, tiene en cuenta tanto el ámbito regulador como el normativo para poder ofrecer una solución de eva- luación de conformidad y atestamiento del cumplimiento de estos productos. Este proceso ha sido evaluado y acreditado por ENAC, ampliando el alcance de la acreditación no 107/CPR 261 para que se pueda llevar a cabo la certificación de componentes/ sistemas de videovigilancia según la norma UNE-EN 62676- 1-1:2105. • Videovigilancia 61