72 Jorge Salgueiro Rodriguez, presidente ejecutivo de Aecra Comentarios prácticos sobre el régimen jurídico del Departamento y director de Seguridad en los Servicios de Seguridad Privada. Su externalización En el presente artículo, Jorge Salgueiro Rodriguez, presidente ejecutivo de la Asociación Europea de Profesionales para Conocimiento y Regulación de Actividades de Seguridad Ciudadana (Aecra), analiza las particularidades del régimen jurídico del Departamento y del director de Seguridad en los Servicios de Seguridad Privada. El mando de los servicios de seguridad privada se ejercerá, de forma obligatoria, por un director de Seguridad, según se establece en el artículo 96.2 del Reglamento de Seguridad Privada todavía vigente, en los siguientes casos: a) En las empresas o entidades que constituyan, en virtud de dispo- sición general o decisión gubernativa, departamento de seguridad. b) En los centros, establecimientos o inmuebles que cuenten con un servicio de seguridad integrado por veinticuatro o más vigilantes de seguridad o guardas particulares del campo, y cuya duración pre- vista supere un año. c) Cuando así lo disponga la irección General de la Policía para los supuestos supranacionales, o el delegado del Gobierno de la provin- cia, atendido el volumen de medios personales y materiales, tanto físicos como electrónicos, el sistema de seguridad de la entidad o establecimiento, así como la complejidad de su funcionamiento y el grado de concentración de riesgo. Dentro del capítulo I del Reglamento de seguridad privada –medi- das de seguridad en general- se establece cuando éstas tendrán carácter obligatorio, concretando el artículo 111 de dicho texto: “De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 y en la disposición adicional de la Ley Orgánica 1/1992, sobre protección de la segu- ridad ciudadana (hoy derogada y sustituida por la Ley 4 2015 de seguridad ciudadana en su artículo 26), y con el fin de prevenir actos delictivos, la Secretaría de Estado de Interior, para supuestos supraprovinciales, o los Delegados de Gobierno podrán ordenar