David Vela Beltrán, presidente de Araprein y vocal de la Junta Directiva de Aerme. El nuevo RIPCI introduce novedades importantes que afectan a los edificios de viviendas / comunida- des de propietarios de la misma manera que a otros tipos de edificios o establecimientos, y otras que, por sus especiales circunstancias, les afectan de manera más especial. A continuación, expondré las nuevas situaciones genera- das por actual RIPCI que tienen que acometerse en estos edificios. 1. Cambios relativos a las habilitaciones de Empresas. Todas las empresas Instaladoras y/o Mantenedoras que estaban Habilitadas antes del RD 513/2107 tuvieron de plazo para adaptarse y renovar sus habilitaciones hasta el 12 de diciem- bre de 2018. Las empresas que no hayan renovado dentro del plazo legal o que no estuvieran anteriormente habilita- das deben tramitar una nueva solicitud con cumplimiento de todos los requisitos del R.D. 513/2017, no pudiendo, mien- tras tanto, ejercer la actividad. Nuestra recomendación es que los administradores de fincas o los propietarios soliciten a todas las empresas de protección contra incendios con las que trabajen, y a aque- llas a las que les soliciten nuevos presupuestos, el certificado de nueva habilitación conforme al RD 513/2107, así como el de su sistema de calidad, ya que debe coincidir el alcance del mismo con los epígrafes contra incendios para los que cuente con habilitación. 2. Nuevos epígrafes o familias de equipos y sistemas. Algunos de los epígrafes que ya aparecían en el anterior RIPCI se han unificado, y otros son nuevos, lo cual afecta a distintas con- sideraciones en cuanto a su instalación y mantenimiento. Por ejemplo, dentro de los que se han agrupado están todos los sistemas de detección y alarma de incendios, y dentro de los nuevos epígrafes, como más habituales en edificios de viviendas, se incluyen ahora los sistemas para el control de humos y de calor, y las señales luminiscentes. También se incorpora el alumbrado de emergencia, cuyo mantenimiento PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 62 Afecciones del R.D. 513/2017 (RIPCI) en los edificios de viviendas y comunidades de propietarios Seguramente los edificios de viviendas son el establecimiento en donde resulte más difícil llevar un control efectivo de las medidas de protección contra incendios y de los trabajos de mantenimiento de las mismas por parte de la propiedad, en donde poco o nada se puede hacer para la formación de sus usuarios para la prevención de incendios, y en donde se producen, precisamente, la mayor cantidad de siniestros por incendio, prácticamente a diario. El canal más directo y eficaz para coordinar y trasladar toda la información en estos edificios son los Administradores de Fincas, cuando los hay. Por ello es fundamental que parte importante de nuestra labor como Empresas Habilitadas en Protección Contra Incendios sea, una vez más, trasladar toda la información posible sobre lo que se debe hacer, tanto por seguridad de los usuarios, como por cumplimiento de la normativa. David Vela Beltrán, presidente de Araprein y vocal de la Junta Directiva de Aerme