PROTECCIÓN CONTRA EL FUEGO 26 En el cuadro 1 se pueden apreciar las medidas que el CTE exige a los comercios en su denominación ‘Uso Comercial’ y ‘Uso Aparcamiento’. Instalación y mantenimiento Las empresas instaladoras y mantenedoras de equipos de PCI deben cumplir los requisitos que señala el Reglamento de insta- laciones de protección contra incendios, RIPCI (R.D. 513/2017). Este reglamento exige a las empresas la contratación de personal adecuado a su nivel de actividad; deben disponer de un certi - cado de calidad del sistema de gestión; los proyectos de PCI han de cumplir con los requisitos de la norma UNE 157001; y contem- pla las inspecciones reglamentarias a las que se han de someter las instalaciones. Asimismo, el RIPCI señala las características e instalación de los equipos y sistemas de PCI; actualiza el lis- tado de normas UNE de producto; contempla el mantenimiento mínimo a realizar a las instalaciones; y ja una vida útil máxima para los detectores, las mangueras de las BIES y las señales fotoluminiscentes. La importancia del mantenimiento en las instalaciones supone que los equipos e instalaciones garantizan su e cacia y opera- tividad permanente, por si se da el caso de que se tengan que utilizar en las situaciones de emergencia propias de un incendio. Para realizar un correcto mantenimiento es necesario disponer de información técnica de los sistemas y equipos que se vayan a revisar. El manual de instrucciones y la memoria descriptiva para conocer las características de este equipamiento son igualmente imprescindibles. Inspecciones El RIPCI también obliga a los propietarios de las instalaciones de PCI a realizar inspecciones periódicas por Organismo de Control (OCA). En el caso de comercios, la inspección deberán pasarla aquellos establecimientos con super cie construida mayor de 500 m2. Las instalaciones de PCI existentes el 12/12/2017 deberán someterse a la primera inspección a los diez años de su puesta en servicio. Las instalaciones de protección contra incendios existentes con diez o más años desde su puesta en servicio, a fecha de 12/12/2017, deberán someterse a la primera inspección en los siguientes plazos máximos: • Instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 20 años: en el plazo de un año. • Instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 15 años y menor a 20 años: en el plazo de dos años. • Instalaciones con una antigüedad mayor o igual a 10 años y menor a 15 años: en el plazo de tres años. Estas inspecciones periódicas por OCA son independientes de las revisiones obligatorias por parte de las empresas mantenedoras de las instalaciones. No basta con instalar medidas de seguridad frente a un incen- dio, es imprescindible mantenerlas, ya que estas instalaciones no se activan sino en caso de incendio, y en ese momento es de vital importancia, como hemos visto en este horrible suceso en Siberia, que funcionen al cien por cien. #LosIncendiosMatan, pero con las medidas adecuadas y su correcto mantenimiento, la protección es posible.• Comercial Extintores portátiles En toda agrupación de locales de riesgo especial medio y alto cuya super cie construida total excede de 1.000 m2, extintores móviles de 50 kg de polvo, distribuidos a razón de un extintor por cada 1 000 m2 de super cie que supere dicho límite o fracción. Bocas de incendio Si la super cie construida excede de 500 m2. Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m. Sistema de alarma Si la super cie construida excede de 1.000 m2. Sistema de detección de incendio Si la super cie construida excede de 2.000 m2. Instalación automática de extinción Si la super cie total construida excede de 1.500 m2, en las áreas públicas de ventas en las que la densidad de carga de fuego ponderada y corregida aportada por los productos comercializados sea mayor que 500 MJ/m2 (aproximadamente 120 Mcal/m2) y en los recintos de riesgo especial medio y alto conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Hidrantes exteriores Uno si la super cie total construida está comprendida entre 1 000 y 10 000 m2. Uno más por cada 10 000 m2 adicionales o fracción. Aparcamiento Bocas de incendio Si la super cie construida excede de 500 m2. Se excluyen los aparcamientos robotizados. Columna seca Si existen más de tres plantas bajo rasante o más de cuatro sobre rasante, con tomas en todas sus plantas. Sistema de detección de incendio En aparcamientos convencionales cuya super cie construida exceda de 500 m2. Los aparcamientos roboti- zados dispondrán de pulsadores de alarma en todo caso. Hidrantes exteriores Uno si la super cie construida está comprendida entre 1.000 y 10.000 m2 y uno más cada 10.000 m2 más o fracción. Instalación automática de extinción En todo aparcamiento robotizado. Medidas que el CTE exige a los comercios en su denominación 'Uso comercial' y 'Uso aparcamiento'.