PANELES SÁNDWICH producto, que entró en vigor el 1 de octubre de 2010, de obligado cumplimiento para fabricantes de 35 países”. En 2013 se estableció una nueva versión de la norma, que entró en vigor el 8 de agosto de 2015. Esta nueva versión apuntaba muchas variantes respecto a la medición al comportamiento y reacción al fuego del panel sándwich. La norma original era ambigua respecto a los ensayos al comportamiento al fuego de estos productos. A par- tir de su entrada en vigor todos los fabricantes debieron implantar estas modificaciones en su sistema de producción. Moretto explicó cuáles eran los principales cambios que aportaba la segunda versión de la norma respecto a la primera. El principal fue clarificar el concepto de la ambigüedad interpretativa de los ensayos de inflamabilidad o pequeño quemador y del ensayo de reacción al fuego. “Ambos deben realizarse sin proteger los bordes del panel. Antes, la antigua norma permitía hacer el ensayo sobre la chapa, por- que se hablaba de configuración final de uso, con lo cual en las obras la unión entre paneles está rematada y si hay un incendio la llama tendrá un acceso difícil al interior del panel. Aunque sea cierto, esto suponía una ambigüedad interpretativa de la norma y se solía realizar el primer ensayo de inflamabilidad sobre la chapa. De esta manera, el riesgo se limitaba al no hacer un ensayo de inflamabilidad sobre un elemento que podía arder, como es el núcleo. La nueva versión de la norma establece que el ensayo de comportamiento a la reacción al fuego debe hacerse a los paneles sin ningún tipo de protección o rematado en ninguno de los bordes del panel cortado, a excepción de que el panel se fabrique ya con todos los bordes protegidos. La llama debe aplicarse directamente sobre el núcleo aislante del panel, sin ningún remate o cubierta que lo proteja”. Óscar Maretto también explicó las clasificaciones (Euroclases) de los paneles según la composición de su núcleo (poliuretano o lanas minerales), láminas metálicas y juntas entre paneles, y su reacción y comportamiento al fuego, conceptos similares pero que sin embargo tienen consecuencias diferentes en caso de incendio. También explicó los procedimientos de ensayo aplicables según la norma a cada una de estas dos circunstancias. La toxicidad del humo A continuación tomó la palabra Antonio Galán, consultor de segu- ridad contra incendios especializado en reacción al fuego. Inició 77 Óscar Maretto, director de calidad y técnico de ensayos de Isopan. su intervención destacando la importancia que tiene la toxicidad al humo en el número de víctimas en incendios. Según datos esta- dísticos, el 70% de incendios se producen en viviendas, un 40 por ciento en viviendas unifamiliares y el 30 restante en unifamiliares. Asimismo, el 45% de las víctimas lo son debido a la intoxicación por humo y el 40% por quemaduras. La estacionalidad también es un factor determinante en los incendios en vivienda, concentrándose entre octubre y enero, debido al uso de calefactores, placas eléc- tricas de calefacción, etc. También en verano, sobre todo cuando hay olas de calor, el uso de aparatos de aire acondicionado puede generar incendios. Según Galán, cada incendio es diferente y los humos dependerán también del material combustible. Los datos demuestran que en la producción de humos tiene más incidencia el contenido de la vivienda (muebles, por ejemplo) que el continente (materiales de construcción). Galán explicó que no existe un acuerdo sobre si la reducción de la toxicidad de humos en los materiales de construc- ción influiría en la disminución del número de víctimas mortales. “La Comisión Europea se ha planteado este problema y para ello ha planteado un estudio, en el que participaron todos los países europeos, para ver si era viable reducir el número de víctimas regu- lando la toxicidad de humos de los productos de construcción. Las conclusiones determinaron que en todos los países europeos se ha producido una reducción de las víctimas sin la necesidad de ninguna regulación específica de la toxicidad de humos. No existe tampoco acuerdo sobre si sería o no efectivo tener una regulación de toxi- cidad de humos para los productos constructivos y, si la hubiera, se estima que sus beneficios serían muy limitados. En cuanto al mercado, el estudio ha detectado que si hubiera una regulación de los humos, podrían desaparecer familias enteras de producto. Esto conduciría a un desequilibrio porque los productos que queda- sen incrementarían mucho su precio. Finalmente, el informe vería mucho más adecuado regular la toxicidad de humos del mobiliario. Así, en conclusión, una regulación de la toxicidad de humos de los materiales de construcción no influiría de manera determinante en la reducción de las víctimas mortales”, explicó. Informes de ensayos A continuación, Galán expuso cuáles eran los principales informes de ensayo a demandar al fabricante: • Informe de Clasificación, que siempre se tiene que entregar de acuerdo al CTE. Incluye la clasificación del producto o de la gama y el campo de aplicación. Antonio Galán, consultor de seguridad contra incendios.