ILUMINACIÓN 32 tir a los actores individualmente elegir la tecnología, el diseño y el modelo de negocio de sus productos que permita cumplir con los objetivos de la Economía Circular. LE se ha mostrado muy activo en esta cuestión, dejando claro que, aunque algunos requisitos obligatorios son aceptables, los respon- sables políticos de la UE deben evitar adoptar un enfoque único para la capacidad de desmontaje y el diseño de productos circulares. LE ha tenido cierto éxito explicando por qué no sería deseable forzar a todas las luminarias a tener fuentes de luz extraíbles, inde- pendientemente de dónde y cómo se utilicen. Algunos responsables políticos lo entienden, pero otros están menos dispuestos a consi- derar el hecho de que, en algunas circunstancias, la posibilidad de sustitución forzada iría en contra de los intereses de los consumi- dores. Y en otros casos, como en el caso de una luminaria hermética y resistente al polvo en un túnel de carretera, incluso podría ser peligroso insistir en que las fuentes de luz sean extraíbles. LE y Anfalum piden una orientación clara por parte de los poderes públicos, y abogan por un enfoque de la cuestión de la removibilidad que esté totalmente en línea con la posición desarrollada en el orga- nismo de normalización CEN CENELEC - JTC10 (Energy Related Products - Material Efficiency Aspects for Ecodesign), que exige la capacidad de desmontaje únicamente a efectos de verificación por parte de las autoridades de vigilancia del mercado y para efectuar el reciclaje de las fuentes de luz y de las luminarias y todos sus compo- nentes afectados, al final de su vida útil. LE ha estado hablando regularmente con los responsables de la toma de decisiones en Bruselas y, gracias al apoyo de las asocia- ciones nacionales miembros de LE tales como Anfalum en España, con los ministerios de los países de la UE. Además de la cuestión de la desmontabilidad, también se instó a los responsables políticos a evitar establecer plazos rígidos para la eliminación del mercado de las tecnologías de iluminación no LED, tales como algunas pequeñas fuentes de luz halógenas o lámparas fluorescentes muy comunes (por ejemplo, T8, CFL, T5, HID), así como las lámparas utilizadas en aplicaciones específicas (también conocidas como lámparas para fines especiales). La eliminación gradual de los productos y tecnologías convenciona- les es otro aspecto de la Economía Circular de la UE, que pretende eliminar el uso de sustancias peligrosas que pueden perjudicar a las personas y al medio ambiente. En la actualidad, las lámparas con- vencionales se tratan mediante dos procesos distintos en la UE. Las lámparas que contienen mercurio, como las lámparas T8, CFL, T5, HID y de aplicaciones específicas, ya reguladas por las normas energéticas de la UE, están amenazadas por una iniciativa legislativa paralela sobre la restricción de sustancias peligrosas. La Dirección de Medio Ambiente de la Comisión Europea está evaluando actual- mente la posibilidad de renovar las exenciones de la directiva RoHS para la mayoría de las lámparas convencionales del mercado y puede decidir prohibir muchos de estos productos del mercado de forma incoherente y más acelerada que en la propuesta efectuada por la D. G. de la Energía (que prevé una reducción progresiva en septiembre de 2021), es decir, eliminar más productos incluso para 2020. LE pide a los responsables políticos que lleven a cabo una evaluación de impacto que se produciría por la eliminación de estos productos y sobre la Economía Circular, previamente a la próxima revisión de las Directivas de diseño ecológico, que se espera que comience alrede- dor de 2024. Y ha instado a la Comisión a no introducir ningún otro objetivo de Economía Circular antes de la revisión de 2024. Existen otros dos posibles retos reglamentarios en curso en Europa: el desarrollo de un sistema de marcadores para evaluar la capaci-