REACH 20 (SIEF). Para sustancias no registradas, la plataforma REACH-IT le facilitará otras compañías que hayan mostrado interés en registrar la sustancia. Se de nirá el Per l de Identi cación de la Sustancia (SIP), que marca si su sustancia es equiparable a la de otros regis- trantes y se registrarán con el mismo identi cador. Ponga especial atención a las sustancias UVCB. Organícese con los otros solicitantes de registro conjunto El documento que el Líder de Registro o compañía Representante/ tercera parte enviará es el SIEF Agreement, donde se detallarán las obligaciones al participar del Registro Conjunto y reparto de los costes derivados del Registro. Estos repercutirán de diferente manera según el rango de tonelaje y serán acordados por el SIEF en función de los diversos gastos de preparación, testings, tareas administrativas, número de registrantes etc. En este punto, decidirá comprar la Carta de Acceso como co- registrante, pero ello no signi ca ser propietario de los datos que se le van a facilitar, a no ser que su empresa forme parte de los ‘data owners’ con sumarios/estudios relevantes. Generar datos sólidos conlleva un coste, pero la regla es que si se presentaron los datos hace más de 12 años, podrán ser usados úni- camente para registro sin que conlleve gastos o compensación por parte del fabricante o importador que vaya a registrar. Como guía, puede consultar el siguiente Documento sobre Data Sharing de la ECHA. Evalúe los peligros y riesgos Como trabajo previo al Registro, se recopilará información sobre usos y aplicaciones o escenarios en los que se pueda usar la sustan- cia a lo largo de su cadena de suministro. Se deberá contar con datos sobre el peligro de la sustancia y revi- sar la información disponible en el SIEF. En este punto y una vez se acuerde cómo se van a compartir los datos disponibles, es posi- ble que se encuentren ‘data gaps’ o falta de información cientí ca sólida y se requieren nuevos estudios. Asimismo, se adoptará la clasi cación y etiquetado acorde con el SIEF basándose en los datos que los distintos registrantes han aportado. Como mínimo, se incluirá la clasi cación informada por el Líder de Registro. Si fabrica/importa más de 10 toneladas al año, es obligatorio lle- var a cabo el Chemical Safety Assessment (CSA) o Evaluación de la Seguridad Química y plasmarlo en el Informe de Seguridad Química (CSR). En cuanto a este último podrá ser entregado por el Líder de Registro en nombre de todos los registrantes o de forma individual. Toda comunicación con su proveedor debería realizarse por escrito, para mantener un registro documental que pueda aportar en caso de inspección Preparación del Registro como un expediente IUCLID La herramienta IUCLID (disponible nube IUCLID para PYMES) permite recoger la información en las 14 secciones del artículo 10 del Reglamento REACH ‘Information to be submitted for general registration purposes’. Generalmente tendrá que rellenar las sec- ciones 1 (Identi cación); 2 (Clasi cación y Peligros); 3 (Fabricación, Usos y Exposición) y 11 (Evaluación sobre Seguridad Química) para el registro de cada compañía. En cuanto a la Sección 14 (Informe de Seguridad Química, CSR), con el Generador de informes le permi- tirá generar su CSR una vez rellenos los datos, en especial de Usos y Fabricación y el Informe de Evaluación de Seguridad Química. Los registrantes participaran con la información aportada por el Líder de Registro o podrán renunciar a algunos requerimientos, siempre que se justi que y se adjunten los datos propios. Presentación del Dossier de Registro La ECHA gestiona los registros que se presentan a través de REACH-IT. Tras el pago de la Carta de Acceso, podrá unirse al SIEF y presentar su expediente de Registro. Tanto si presenta un expe- diente IUCLID como si utiliza la función 'preparar y presentar' de REACH-IT, la presentación del registro es fácil. El asistente de pre- sentación de REACH-IT y el texto de ayuda incrustado le guiarán en las distintas fases. Posteriormente, ha de revisar si su Expediente ha pasado las valida- ciones de la ECHA o si se requieren tareas adicionales. Importante veri car el pago de las tasas de Registro, dentro del plazo indicado en la factura generada en la página de la Presentación de su Expediente. Una vez satisfechos estos pasos, recibirá un número de registro y deberá mantener sus datos actualizados. Tanto para usuarios intermedios como para importadores/fabri- cantes, el cumplimiento de las obligaciones y preparación de documentación requiere recursos, conocimiento técnico y un buen seguimiento. El contar con consultoría especializada y un gestor documental o programa que pueda ir actualizándose y a la vez, interaccionar con su proveedor, puede ser clave para su empresa. TÜV SÜD puede asesorarle y aportarle soluciones para el registro y cobertura REACH de sus sustancias químicas. Para terminar: • No hay comercialización sin registro. • Toda comunicación con su proveedor debería realizarse por escrito, para mantener un registro documental que pueda apor- tar en caso de inspección.•