Los distintos agentes activos en estos mercados parecen haber asumido que, por defecto, las verificaciones que se realizan se llevan al amparo de la acreditación de ENAC, cuando en realidad, no existe a día de hoy ningún verificador de GEI acreditado por ENAC que no sean los ya mencionados que operan en el pro- grama europeo de comercio de derechos de emisión (EU CDE). ENAC recibe un gran número de preguntas, informaciones e incluso reclamaciones relativas a la actuación de algunos veri- ficadores en programas de GEI distintos al mencionado como: huella de carbono de producto o de organizaciones o proyectos, sellos, marcas, etc. Así en España, al contrario que en la mayoría de los países de nuestro entorno, no existe ninguna entidad de verificación que opere con acreditación ENAC para las verificaciones de huella de carbono de organizaciones y de producto según distintos estándares como pueden ser la ISO 14064 y la ISO 14067. Entre los beneficios que una acreditación específica aportaría a estos esquemas se pueden enumerar las siguientes: • Mejorar la rigurosidad de las declaraciones y dictámenes de los procesos de verificación y, en consecuencia, incrementar la fiabilidad del dato de emisiones reportado al usuario final. • Facilitar la comparabilidad de las verificaciones ofertadas para cada programa de emisiones y, por ende, contri- buir a la armonización de los niveles de aseguramiento conseguidos cuando son establecidos por los distintos programas. • Facilitar la creación de las condiciones óptimas para que se desarrollen mercados y comercios basados en las emisiones. • Garantizar la competencia técnica del verificador para el programa concreto de cálculo de huella de carbono, evi- tando la confusión y equiparación sobre las competencias necesarias para abordar procesos de verificación de cálculos de emisiones GEI en ámbitos que nada tienen que ver, por ejemplo, con el programa EU-ETS con respecto a ISO 14064 o PAS 2050. • Dar la confianza necesaria a los operadores/gestores de programas de cálculo de huella de carbono, así como a las administraciones públicas que financian de una manera u otra la reducción/compensación voluntaria de emisiones GEI, evitando, por tanto, el riesgo que supone reconocer a verificadores acreditados en ámbitos y alcances que nada pueden tener que ver con el proyecto financiado, lo cual deja de aportar fiabilidad al dato que se está reportando.• Emisiones