Normativa sobre el ruido emitido por las máquinas El pasado día 25 de octubre se celebró en Zaragoza la Jornada Técnica ‘Aplicación práctica de la normativa re- lacionada con el ruido emitido por las máquinas’, orga- nizada por Anmopyc en colaboración con Itainnova. Con esta jornada se pretendía acercar la legislación de la UE relativa al ruido emitido por las máquinas a los fabrican- tes de maquinaria con el n de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones. En el presente artículo se va a ofre- cer un resumen de los principales aspectos que se tra- taron en la jornada, en especial los diferentes requisitos legales sobre ruido y los pasos que deben seguirse para garantizar y declarar la conformidad de las máquinas con tales requisitos. > Sergio Serrano Tomás. Responsable Técnico de la Asociación Española de Fabricantes de Maquinaria de Construcción, Obras Públicas y Minería (Anmopyc) Marcado de emisión sonora. En el presente evento intervinieron diferentes organizacio- nes con una serie de ponencias cuyo objetivo era ofrecer a los fabricantes asistentes una visión de conjunto sobre la legislación de la UE que regula el ruido emitido por las máquinas: Anmopyc ‘Marco normativo sobre ruido y obligacio- nes de los fabricantes’, Aecor ‘Normas técnicas sobre diseño y medición de la emisión sonora’, Itainnova ‘Diseño de máquinas de bajo nivel de ruido y ensayos de medición de ruido’, TÜV Rheinland ‘Evaluación de la conformidad y organismos noti ca- dos’ y el Inssbt ‘Proyectos de vigilancia de mercado relacionados con el ruido’. A continuación se desgranan los aspectos fundamentales que se abordaron durante la jornada. Marco normativo sobre ruido En la actualidad, el ruido emitido por las máquinas se encuen- tra regulado en la UE a través de dos Directivas diferentes: • la Directiva 2006/42/CE de máquinas, transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1644/2008. • la Directiva 2000/14/CE de emisiones sonoras de máqui- nas de uso al aire libre, transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 212/2002. Mientras la Directiva de máquinas se centra principalmente en proteger la seguridad y la salud de los operadores de máqui- nas con respecto a los riesgos asociados a las máquinas, la Directiva de emisiones sonoras se centra en proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos con respecto al riesgo de expo- sición al ruido emitido por las máquinas de uso al aire libre. La Directiva de máquinas tiene por objeto armonizar los requi- sitos de seguridad y salud relativos al diseño y la fabricación de las máquinas y, al mismo tiempo, garantizar su libre circulación en el mercado de la UE. La presente Directiva incluye requisitos especí cos que abordan los riesgos asociados a la exposición al ruido emitido por las máquinas. Por su parte, la Directiva de emisiones sonoras tiene por objeto armonizar los requisitos sobre el ruido emitido por las máquinas de uso al aire libre (métodos de medición, marcado, documenta- 10<<