Por último, el procedimiento de aseguramiento de calidad total requiere que el fabricante cuente con un sistema de aseguramiento de calidad total que cubra el diseño, la fabricación, la inspección y los ensayos de la máquina. Este sistema deberá ser evaluado y aprobado por un organismo notificado para garantizar que las má- quinas en cuestión se diseñan y fabrican conforme a los requisitos esenciales de seguridad y salud aplicables y están sujetas a las ins- pecciones y los ensayos necesarios para garantizar el mantenimiento constante de su conformidad. El organismo notificado también deberá supervisar la correcta aplicación del sistema implantado. Es preciso mencionar que cuando a una máquina le sean de aplica- ción otras directivas de armonización técnica además de la Directiva de máquinas (por ejemplo, la Directiva 2000/14/CE de emisiones sonoras), los procedimientos de evaluación de la conformidad requeridos por estas otras Directivas pueden ser diferentes a los establecidos en la Directiva de máquinas. En esta situación, la evaluación de la conformidad que se llevará a cabo en virtud de estas otras Directivas se limitará únicamente a los aspectos que dichas Directivas cubran de modo más específico. Normas para su selección El fabricante deberá escoger entre uno de los tres procedimientos mencionados en el apartado anterior para evaluar la conformidad de las máquinas. Esta selección se basará esencialmente en si la máquina en cuestión figura o no en una de las categorías del anexo IV y en la disponibilidad y aplicación de normas armonizadas que cubran los requisitos esenciales de seguridad y salud pertinentes. Para todas las categorías de máquinas que no figuren en el anexo IV, los fabricantes sólo podrán aplicar el procedimiento de evalua- ción de la conformidad con control interno de fabricación. En el caso de máquinas que pertenezcan a una de las categorías enumeradas en el anexo IV, los fabricantes podrán escoger uno de los procedimientos siguientes: • Control interno de fabricación de la máquina. 14 • Examen CE de tipo más control interno de fabricación de la máquina. • Aseguramiento de calidad total. Para que el fabricante de una máquina incluida en el anexo IV pueda escoger el procedimiento de evaluación de la conformidad con control interno de fabricación, el cual permite no tener que recurrir a un organismo notificado, será necesario que se cumplan las tres condiciones siguientes: • La máquina en cuestión deberá estar incluida en el ámbito de aplicación de una o varias normas armonizadas de tipo C, cuyas referencias hayan sido publicadas en el DOUE. • La norma o normas armonizadas en cuestión deberán cubrir todos los requisitos esenciales de seguridad y salud aplicables a la máquina, según lo determinado por la evaluación de riesgos. • La máquina deberá diseñarse y fabricarse en total conformi- dad con las normas armonizadas en cuestión. Cuando no se cumplan una o varias de estas tres condiciones, bien porque no exista una norma armonizada para la máquina en cuestión, bien porque las normas armonizadas no cubran todos los requisitos esenciales de seguridad y salud pertinentes o bien porque el fabricante no aplique las normas armonizadas pertinen- tes o las aplique solo en parte, el fabricante sólo podrá aplicar uno de los procedimientos siguientes que requieren la participación de un organismo notificado: • Examen CE de tipo más control interno de fabricación de la máquina. • Aseguramiento de calidad total. Organismos notificados Los organismos notificados son organismos de evaluación de la conformidad que han sido designados oficialmente por las autori- dades competentes de los Estados miembros para llevar a cabo los procedimientos de evaluación de la conformidad con arreglo a una o varias Directivas de armonización técnica de la Unión Europea. En virtud de la Directiva de máquinas, los organismos podrán ser notificados para los procedimientos de examen CE de tipo y de aseguramiento de la calidad total y para una o varias de las categorías de máquinas que figuran en el anexo IV. La notificación se realiza mediante el sistema de información online NANDO (New Approach Notified and Designated Organisations) de la Comisión. En el sistema NANDO se puede comprobar los tipos de procedimientos de evaluación de la conformidad y las categorías de máquinas de anexo IV para los que han sido designados los diferentes organismos notificados europeos. El fabricante podrá solicitar un examen CE de tipo para un de- terminado tipo de máquina o la evaluación de un determinado sistema de aseguramiento de calidad total a cualquier organis- mo notificado de la Unión Europea de su elección, siempre que dicho organismo haya sido notificado para el procedimiento de evaluación de la conformidad y para la categoría de máquina en cuestión. No obstante, esta solicitud sólo podrá presentarse a un único organismo notificado.