con los requisitos pertinentes. Este expediente deberá contener los resultados de la evaluación de riesgos del conjunto y los detalles de diseño de las interfaces existentes entre las unidades que lo integran, así como cualquier modificación que se haya realizado en las unidades al incorporarlas al conjunto. También deberá incluir las declaraciones CE de conformidad de las máquinas completas y las declaraciones de incorporación y las instrucciones para el montaje de las cuasi máquinas que se hayan incorporado en el conjunto de máquinas. Finalmente, el fabricante de un conjunto de máquinas nuevas también deberá cumplir las siguientes obligaciones: • Llevar a cabo el procedimiento de evaluación de la confor- midad oportuno para el conjunto en cuestión (en el caso de las instalaciones para fabricar materiales de construcción se corresponderá generalmente con el procedimiento de eva- luación de la conformidad con control interno de fabricación de la máquina). • Suministrar un manual de instrucciones en la lengua oficial del país de destino. • Redactar y firmar una declaración CE de conformidad para el conjunto y asegurarse de que acompaña al conjunto. • Colocar un marcado específico con la información sobre el fabricante y el propio conjunto (razón social, designación de la máquina, designación del modelo, número de serie, año de fabricación), incluido el marcado CE. Comercialización de unidades por separado En algunos casos, los fabricantes de plantas e instalaciones pueden también comercializar por separado las unidades que abarcan los diferentes procesos del conjunto de máquinas (por ejemplo, maquinaria para trituración, clasificación, lavado, alimentación o transporte en el caso de las plantas de áridos). Si las unidades en cuestión se comercializan como máquinas completas que pueden funcionar independientemente, estas 12 unidades deberán llevar el marcado CE e ir acompañadas de una declaración CE de conformidad y de un manual de instrucciones en la lengua oficial del país de destino. Si las unidades se comercializan como cuasi máquinas, al faltarles algún elemento necesario para realizar su aplicación específica, estas unidades no deberán llevar el marcado CE bajo la Directiva 2006/42/CE de máquinas. Puede darse el caso, de que alguna cuasi máquina esté cubierta por otra Directiva/Reglamento que requiera el marcado CE (por ejemplo, la Directiva 2014/34/UE de productos para atmósferas potencialmente explosivas). En tal caso, en la declaración CE de conformidad pertinente sólo debería incluirse la referencia de tales Directivas/Reglamentos. En cualquier caso, las cuasi máquinas siempre deberán ir acom- pañadas de una declaración de incorporación bajo la Directiva 2006/42/CE de máquinas y de las instrucciones de montaje correspondientes. Conjuntos de máquinas en servicio Los conjuntos de máquinas que se encuentran en servicio están sujetos a las disposiciones mínimas de seguridad y salud del Real Decreto 1215/1997 sobre la utilización de equipo de trabajo por los trabajadores (transposición de la Directiva 2009/104/CE). El usuario de un conjunto de máquinas deberá realizar el manteni- miento necesario para garantizar que el conjunto siga conservando durante toda su vida útil el nivel de seguridad que le era aplicable cuando se comercializó o se puso en servicio por primera vez. A lo largo de la vida útil de un conjunto de máquinas, puede ser necesario sustituir alguna de las unidades que forman el conjunto existente por una nueva unidad, o también puede añadirse una nueva unidad a un conjunto de máquinas existente.