21 Requisitos para la exportación de productos y tecnologías de doble uso Benjamín Bentura Aznárez y Sergio Serrano Tomás Departamento Técnico de la Asociación Española de Fabricantes de Maquinaria de Construcción, Obras Públicas y Minería (Anmopyc) Las operaciones de exportación de material de defensa y productos y tecnologías de doble uso (civil, militar o nuclear) están sometidas a un estricto régimen de control comunitario, ya que sólo se pueden realizar previa autorización administrativa. Para poder solicitar una autorización o licencia de exportación se requiere estar inscrito en el Registro Especial de Operadores de Comercio Exterior (REOCE). Algunas máquinas y equipos utilizados en trabajos de construcción y minería, incluidos los materiales, componentes o tecnologías incorporados en los mismos, pueden ser susceptibles de ser destinados a usos militares o nucleares, y, por tanto, su exportación requiere de una autorización. El presente artículo tiene por objeto informar a los fabricantes de equipamiento para construcción y minería sobre la normativa que regula la exportación de productos y tecnologías de doble uso. anmopyc